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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 384, Marzo 2018

Caso núm. 2999 (Perú) - Fecha de presentación de la queja:: 30-OCT-12 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 47. En el anterior examen del caso en su reunión de marzo de 2014, el Comité pidió a la organización querellante y al Gobierno que indicaran si el dirigente sindical Sr. Gustavo Roger Ospinal Rivadeneyra se encontraba incluido en alguno de los planes de regularización de trabajadores despedidos en empresas vinculadas a ESSALUD, así como si había iniciado acciones judiciales contra su despido [véase 371.er informe, párrafo 743].
  2. 48. En su comunicación de 16 de septiembre de 2014, el Gobierno anexa un informe de la entidad ESSALUD (de fecha 5 de septiembre de 2014) en el que se indica que: i) el Sr. Ospinal Rivadeneyra no se encuentra registrado como trabajador de dicha entidad ni mantiene vínculo laboral con la misma, y ii) la entidad ESSALUD consultó con la Subgerencia de Derecho Civil Constitucional y Laboral de la Gerencia de Asuntos Judiciales de la Oficina Central de Asesoría Jurídica y ésta le informó que el Sr. Ospinal Rivadeneyra no se encuentra inmerso en ningún proceso judicial seguido por y contra ESSALUD.
  3. 49. El Comité toma debida nota de estas informaciones. A la luz de las mismas, y observando que la organización querellante no ha comunicado las informaciones solicitadas, el Comité no proseguirá con el examen del presente caso.
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