National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota con interés de la detallada primera memoria del Gobierno sobre la aplicación de este Convenio. Reitera su satisfacción, expresada en relación con el Convenio núm. 107, por la ratificación del presente Convenio, que lo ha venido a sustituir, así como por el empeño demostrado por el Gobierno en los últimos años para reconocer los derechos de los pueblos indígenas del país. En particular, toma nota de la ampliación de los derechos territoriales de estos pueblos, realizada en forma sistemática y concentrada.
Sin embargo, la Comisión también toma nota de que en la última memoria del Gobierno sobre el Convenio núm. 107 y en su primera memoria sobre el presente Convenio, se habla de un cierto movimiento nacional para apartarse del reconocimiento de los derechos especiales de los pueblos indígenas o de los programas especialmente adaptados a sus necesidades como, por ejemplo, los relacionados con las facilidades crediticias y el reconocimiento de sus leyes tradicionales. La Comisión espera que en sus futuras memorias el Gobierno continuará informando detalladamente sobre los acontecimientos que se produzcan a este respecto.