National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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En respuesta a la solicitud directa anterior, el Gobierno indica que los procesos de consulta se cumplen de buena forma en el marco del Consejo Superior de Trabajo. En este sentido, la Comisión toma nota de las comunicaciones efectuadas por el Gobierno al Consejo Superior de Trabajo en relación con las consultas sobre las materias cubiertas por el Convenio. La Comisión confía en que en sus próximas memorias el Gobierno continuará brindando las indicaciones sobre las consultas requeridas por el artículo 5, párrafo 1, del Convenio -agregando eventuales informes del Consejo Superior de Trabajo e indicaciones sobre las recomendaciones que se hayan formulado como resultado de las consultas.