National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno sobre la aplicación del Convenio para el período que va del 1.º de julio de 2004 al 31 de agosto de 2006, que contiene respuestas a los comentarios anteriores de la Comisión así como de una copia adjunta de la resolución núm. 004283 del Ministerio de Protección Social. Asimismo, la Comisión toma nota de las respuestas del Gobierno, recibidas el 16 de febrero de 2006, a los comentarios de la Confederación de Trabajadores de Colombia, recibidos en la OIT el 31 de agosto de 2005, que tratan de la libertad sindical. La Comisión se refiere a este respecto al acuerdo tripartito realizado por la delegación de Colombia en la 95.ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo que tuvo lugar en junio de 2006, cuyo objetivo es aclarar las acciones realizadas en contra de la libertad y de la vida de trabajadores y dirigentes sindicales, dar un nuevo impulso a los principios de la OIT con miras a que se concreten en los derechos fundamentales del trabajo y afirmar la aplicación de las políticas de la OIT dando una importancia especial a la concertación, el diálogo social, la negociación colectiva y el derecho de asociación. La Comisión expresa la firme esperanza de que este acuerdo alcanzará los objetivos fijados y ruega al Gobierno que mantenga informada a la OIT sobre todos los cambios que se produzcan en relación con la aplicación del Convenio.
La Comisión dirige al Gobierno una solicitud directa sobre ciertos puntos.