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Demande directe (CEACR) - adoptée 2010, publiée 100ème session CIT (2011)

Convention (n° 111) concernant la discrimination (emploi et profession), 1958 - Mexique (Ratification: 1961)

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Actividades preventivas y promocionales. La Comisión toma nota de que en el marco del Pacto Nacional de 2007 por la Igualdad de Mujeres y Hombres se ha aumentado el presupuesto asignado a los programas dirigidos a las mujeres y la igualdad de género lo cual permitió el desarrollo de varias actividades entre las que se destacan: el Programa de Organización Productiva para Mujeres Indígenas (POPMI) cuyo objetivo es mejorar las condiciones de vida de las mujeres indígenas impulsando y fortaleciendo su organización y participación en la toma de decisiones a través del desarrollo de proyectos productivos; el Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (FOMMUR), el Programa de la Mujer en el Sector Agrario (PROMUSAG), el Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (PRONAFIM) que otorgó el 80 por ciento de sus microcréditos a mujeres de zonas rurales y urbanas y el Fondo Nacional de Apoyo para Empresas en Solidaridad (FONAES) gracias al cual, el 92 por ciento de las 1.500 unidades productivas beneficiadas, están integradas sólo por mujeres. Por su parte, en el marco del Programa Nacional Para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2009-2012 (PROIGUALDAD), el INMUJERES ha realizado numerosas actividades relacionadas con la igualdad de género como la formación de trabajadores, integrantes de organizaciones sindicales y asociaciones de empleadores sobre la segregación ocupacional; el mejoramiento del acceso de las mujeres a la información, y de la difusión de herramientas para potenciar las capacidades y oportunidades de las mujeres. Asimismo, en coordinación con la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), INMUJERES ha implementado el Programa «Igualdad de Condiciones Laborales: contra la segregación y el hostigamiento sexual», que tiene como objetivo impulsar la igualdad en los ingresos y en las condiciones de trabajo, establecer medidas para reducir la segregación ocupacional por motivos de sexo y eliminar prácticas discriminatorias en los centros de trabajo. También se realizó una campaña de difusión sobre los temas de desigualdad laboral, segregación laboral, corresponsabilidad vida laboral/vida familiar y personal, inclusión de jóvenes y personas con discapacidad y hostigamiento sexual laboral. La Comisión toma nota de que según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), la tasa de participación en la actividad económica de las mujeres es de un 44,2 por ciento y la de los hombres de un 80,4 por ciento. La Comisión pide al Gobierno que informe sobre el impacto que ha tenido el «Programa Igualdad de Condiciones Laborales: contra la segregación y el hostigamiento sexual» en la eliminación de prácticas discriminatorias en el trabajo y en concreto en la reducción de la segregación ocupacional. La Comisión pide también al Gobierno que continúe informando sobre el impacto de las acciones desarrolladas en el marco del Eje 3, Igualdad de Oportunidades del Plan Nacional de Desarrollo, 2007-2012 y del Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2009-2012 (PROIGUALDAD) para fortalecer las capacidades de las mujeres, ampliar la tasa de participación de las mujeres en la actividad económica y reducir la desigualdad de género.

La Comisión toma nota de que la STPS promueve la cultura de la equidad e inclusión laboral mediante campañas de sensibilización y el otorgamiento de distintivos y reconocimientos a las empresas que favorezcan la conciliación del trabajo y la familia, la equidad de género y políticas contra la violencia laboral y el acoso sexual. Entre estas iniciativas destacan el Modelo de Equidad de Género (MEG) y el Distintivo de empresa familiarmente responsable. La Comisión toma nota de que el control de cumplimiento se realiza a través de comités operativos integrados por representantes de empleadores, trabajadores, instituciones y de la sociedad. La Comisión también toma nota de la adopción de la Norma Mexicana para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres (NMX-R025-SCFI-2009), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de abril de 2009, que establece los requisitos para obtener la certificación y el emblema que prueban que las prácticas laborales de las organizaciones respetan el derecho de igualdad y la no discriminación. Dicha norma incluye indicadores, prácticas y acciones para fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, independientemente de su origen étnico, racial o nacional, sexo, género, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, orientación sexual, estado civil o cualquier otra característica o condición análoga. El Gobierno indica que la STPS ofrece a aquellas empresas que quieran certificarse asistencia técnica, cursos e-learning y herramientas de autodiagnóstico. A junio de 2010, se habían certificado nueve organizaciones, ocho privadas y una pública, beneficiando a 8.081 trabajadoras, y 8.351 trabajadores. La Comisión pide al Gobierno que continúe informando sobre el impacto de estos distintivos y reconocimientos y sobre la participación de los interlocutores sociales en su otorgamiento.

Recursos en materia de discriminación en el empleo y la ocupación. En sus comentarios anteriores, la Comisión había solicitado al Gobierno que informara sobre las razones que motivaron el retiro de las denuncias recibidas en el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), ya que entre el 1.º de junio de 2006 y el 15 de mayo de 2008, de las 70 quejas por discriminación por embarazo, 50 de ellas no continuaron el procedimiento por decisión personal de los denunciantes. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que, según informó el CONAPRED, muchas personas han optado por la negociación en lugar de participar en el proceso conciliatorio y añade que dicha entidad recibió 102 denuncias por presuntas conductas discriminatorias relacionadas con el embarazo, sexo, género y discriminación racial. La Comisión pide al Gobierno que continúe informando sobre las denuncias recibidas por el CONAPRED por prácticas discriminatorias en el lugar de trabajo y el modo en que fueron resueltas.

Inspección del trabajo. La Comisión toma nota de que según el Gobierno, entre julio del 2008 y junio del 2010, ninguna de las inspecciones realizadas por los inspectores de trabajo detectaron violaciones al derecho de no discriminación. El Gobierno informa que se han ampliado los servicios de denuncia de prácticas de discriminación y violencia laboral en los centros de trabajo mediante la línea telefónica que ofrece orientación para la formulación de quejas y canalización de denuncias. Durante 2009 se proporcionó servicio personalizado de orientación, asesoría, conciliación y representación para solucionar los conflictos de índole laboral a 105.000 mujeres trabajadoras de los cuales se concluyeron 97.000. De los casi 11.000 juicios promovidos por la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo a favor de las mujeres trabajadoras, el 92 por ciento fue resuelto favorablemente. La Comisión pide al Gobierno que continúe informando sobre los casos constatados de violaciones al derecho de no discriminación en el lugar de trabajo y que informe en particular sobre la capacitación brindada a los inspectores de trabajo acerca de la discriminación en el empleo.

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