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Observation (CEACR) - adoptée 2011, publiée 101ème session CIT (2012)

Convention (n° 87) sur la liberté syndicale et la protection du droit syndical, 1948 - Australie (Ratification: 1973)

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La Comisión toma nota de los comentarios del Consejo Australiano de Sindicatos (ACTU) de fecha 31 de agosto de 2011, y de la Confederación Sindical Internacional (CSI), de fecha 4 de agosto de 2011, sobre la aplicación del Convenio.
La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que desde el 1.º de enero de 2010, todos los Estados con excepción de Australia Occidental delegaron en la Commonwealth sus facultades en materia de relaciones laborales creando un nuevo sistema de relaciones laborales para el sector privado conocido como sistema nacional. De conformidad con la Ley de Trabajo Equitativo, el reglamento de la Ley de Trabajo Equitativo, de 2009, la Ley de Trabajo Equitativo (organizaciones registradas), de 2009, y el reglamento de la Ley de Trabajo Equitativo (organizaciones registradas), de 2009, el sistema nacional abarca a las entidades constitucionales, la Commonwealth y sus autoridades, los empleadores de personal aeronáutico de vuelo, trabajadores marítimos o trabajadores de la costa, que realizan actividades en el sector del comercio e intercambio internacional o interestatal, todos los empleadores de Victoria, el Territorio Septentrional, y el Territorio de la Capital de Australia, los empleadores del sector privado en Nueva Gales del Sur, Queensland, Australia Meridional y Tasmania y los empleadores del gobierno local de Tasmania. La Comisión toma nota de que las siguientes categorías de empleadores no están cubiertas por la Ley de Trabajo Equitativo: 1) los empleadores del sector público estatal, de los gobiernos locales y de las entidades no constitucionales en el sector privado en Australia Occidental; 2) los empleadores del sector público estatal y de los gobiernos locales en Nueva Gales del Sur, Queensland y Australia Meridional, y 3) los empleadores del sector público estatal en Tasmania.
Artículo 3 del Convenio. Derechos de las organizaciones de organizar libremente sus actividades y de formular su programa de acción. En su observación anterior, la Comisión tomó nota de las preocupaciones planteadas por el ACTU según las cuales las restricciones establecidas en virtud de la Ley de Relaciones de Trabajo, de 1996 (ley WR) siguen en vigor en la Ley de Trabajo Equitativo y pidió al Gobierno que revisara las siguientes disposiciones en consulta con los interlocutores sociales interesados, de manera de ponerlas en conformidad con el Convenio:
  • i) ausencia de protección para las acciones de reivindicación en apoyo de:
  • -acuerdos multiempresa (artículo 413, 2));
  • -la «negociación de acuerdos tipo» (artículos 409, 4), 412, 422 y 437, 2));
  • -el boicot indirecto y en general las huelgas de solidaridad (artículos 408 a 411 y Ley de Prácticas Comerciales de 1974);
  • ii) negociaciones sobre «cláusulas ilegales» que incluyen: extender la protección contra el despido injustificado a los trabajadores en período de prueba; el pago de los días de huelga; el pago de derechos de negociación a un sindicato; y la creación de un derecho sindical de acceso al lugar de trabajo a efectos de verificación del cumplimiento diferente o superior a los contenidos en la ley (artículos 172, 194, 353, 409, 1) y 3) y artículos 470 a 475), y
  • iii) disposiciones que permiten restricciones o prohibiciones a las acciones de reivindicación, incluidas aquellas que introducen un arbitraje obligatorio a iniciativa del ministro, cuando la acción de reivindicación amenace causar daños a la economía australiana o a la vida, la seguridad personal o la salud, o el bienestar de la población o de un tercero (artículos 423, 424, 426, y 431).
En relación con la negociación de acuerdos tipo, el Gobierno reafirma que la acción de reivindicación iniciada en apoyo de una negociación de acuerdos tipo no está protegida en virtud de la Ley de Trabajo Equitativo, pero realizar reclamaciones comunes en múltiples lugares de trabajo no se considera como una negociación de acuerdos tipo si el representante en la negociación está tratando de llegar realmente a un acuerdo y está dispuesto a negociar las reclamaciones en cada empresa (artículo 412); las consideraciones pertinentes en virtud del artículo 412, 3) incluyeron: 1) la capacidad del representante de tener en cuenta las circunstancias individuales de un determinado empleador; 2) que las negociaciones sean compatibles con los términos del acuerdo determinado y en la medida de lo posible mediante un acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, y 3) el respeto de los principios de una negociación de buena fe.
Por lo que respecta a la acción de reivindicación para incluir «cláusulas ilegales», la Comisión toma nota de las decisiones de la Agencia Australiana de Trabajo Equitativo (FWA), en particular la relativa al rechazo de la solicitud para que se ordene una votación sobre la huelga autorizada por considera que el proyecto de convenio del sindicato incluye una «cláusula ilegal», con el resultado de no autorizar la reivindicación propuesta con la consecuencia de que se dicte una orden de cese de la acción propuesta. Además, la Comisión toma nota de que el Gobierno reafirma que es ilegal, en virtud de la Ley de Trabajo Equitativo, que un empleador pague, o un trabajador reclame o exija el salario por los días de huelga y esta disposición es compatible con la norma del common law, según la cual un trabajador no tiene derecho a recibir un pago por servicios de empleo que no haya realizado. Sin embargo, el Gobierno indica que el Tribunal Federal de Magistrados rechazó una queja del empleador que alegaba que un sindicato había pedido de manera no autorizada al empleador que pagara el salario por los días de huelga, fundándose en que expresar la opinión de que «debería» pagarse a los trabajadores no constituye en ese caso particular una «exigencia» de pago.
En relación con la prohibición de realizar boicots indirectos y huelgas de solidaridad, la Comisión toma nota de que el Gobierno señala que la Ley sobre la Competencia y el Consumidor, de 2010, ha sustituido a la Ley de Prácticas Comerciales de 1974, pero que las disposiciones relativas a los boicots indirectos no han sido enmendadas y que no se prevé realizar tales enmiendas. Además, la Comisión tomó nota anteriormente de la necesidad de modificar los artículos 30J y 30K de la Ley sobre Delitos, de 1914, que prohíben las acciones de reivindicación que signifiquen una amenaza para los negocios o el comercio con otros países o entre los Estados y todo boicot que tenga como resultado la obstrucción u obstaculización de los servicios del Gobierno australiano o el transporte de bienes o personas en el comercio internacional. Además, el artículo 419 de la Ley de Trabajo Equitativo de 2009, exige a la FWA que suspenda o ponga fin a cualquier acción reivindicativa en empresas no nacionales o por trabajadores no nacionales, si dicha acción causase o pudiera causar una pérdida o un perjuicio sustancial a las actividades económicas de una entidad constitucional. La Comisión observa que el Gobierno ha tomado nota de su solicitud de que revisara los artículos 30J y 30K de la Ley sobre Delitos de 1914 y también toma nota de su indicación de que la FWA dictó una orden provisional en virtud del artículo 419 de la Ley de Trabajo Equitativo y la decisión relativa a este asunto no ha sido publicada por escrito. No obstante, la Comisión lamenta tomar nota de que el Gobierno no haya enmendado los artículos 30J y 30K de la Ley sobre Delitos de 1914 y mantenga la prohibición de realizar boicots indirectos en la Ley sobre la Competencia y el Consumidor, de 2010, pese a la derogación de la Ley de Prácticas Comerciales de 1974 y de los comentarios que viene formulando desde hace largo tiempo al respecto.
En relación con la autoridad de la FWA para suspender o poner fin a una acción de reivindicación autorizada que amenace o cause daños económicos significativos, con arreglo al artículo 423, la Comisión toma nota de la indicación del Gobierno de que la FWA debe estar convencida de que la amenaza de daño significativo es inminente, que la acción de reivindicación es prolongada y que el conflicto no se resolverá en un futuro razonablemente previsible, así como de los demás factores enumerados en el artículo 423, 4). La Comisión toma nota de que la FWA ha examinado peticiones pero, al momento de someter su memoria, no ha suspendido o dado por terminadas acciones de reivindicación autorizadas en virtud del artículo 423 de la Ley de Trabajo Equitativo. La Comisión toma nota también de que el FWA se ha negado a suspender o poner fin a una acción de reivindicación autorizada por no haberse demostrado que el conflicto no se resolvería en un futuro previsible y consideró que la acción que causaba un daño económico al empleador no era lo suficientemente significativa como para considerarse excepcional ya sea por su naturaleza o por su magnitud, y estimó además que poner término en ese momento a una acción de reivindicación autorizada no ayudaría a facilitar la negociación y a resolver el conflicto en un futuro razonablemente previsible.
En relación con la autoridad de la FWA para suspender o poner término a una acción de reivindicación autorizada cuando amenace poner en peligro la vida, la seguridad personal o la salud, o el bienestar de la población en todo o en parte o causar daños significativos a la economía australiana o a una parte importante de esta economía, con arreglo al artículo 424 de la Ley de Trabajo Equitativo, la Comisión toma nota de la indicación del Gobierno que la FWA ha recibido solicitudes presentadas en virtud de este artículo y que, al igual en el que caso del artículo 423, la FWA ha establecido criterios rigurosos para poner término a una acción de reivindicación por esos motivos. Sin embargo, la Comisión toma nota de los comentarios formulados por el ACTU en relación con la decisión de la FWA de suspender una acción de reivindicación autorizada en el sector de la enseñanza, mantenida en la instancia de apelación, fundándose en que la prohibición sindical de grabar y transmitir los resultados de los exámenes amenaza perjudicar a los estudiantes en curso de titulación ya que reduce sus posibilidades para obtener empleo en el futuro. El ACTU indica que esta decisión fue adoptada a pesar de que el sindicato adoptó medidas para establecer un comité de exenciones destinado a garantizar que todo estudiante que necesitara realmente conocer los resultados pudiera obtenerlos. El ACTU considera que una interpretación amplia del artículo 424 limita indebidamente el derecho de los trabajadores a realizar acciones de reivindicación. La Comisión también toma nota de que el Gobierno indica que la FWA consideró casos de acciones que causan daños a la economía australiana y comenzó a aplicar la decisión del Tribunal Superior de Australia, a tenor del cual deben existir criterios rigurosos para decidir que una acción de reivindicación autorizada causa daños significativos a la economía australiana superiores a las «previsiones generalizadas» sobre las posibles consecuencias de la acción de reivindicación en cuestión.
En relación con la autoridad de la FWA para suspender una acción de reivindicación autorizada que amenace causar un daño significativo a un tercero, con arreglo al artículo 426 de la Ley de Trabajo Equitativo, la Comisión toma nota de la indicación del Gobierno, según la cual la FWA puede tener en cuenta que la acción de reivindicación autorizada amenaza causar un daño a la viabilidad de una empresa unipersonal, perturbe el suministro de bienes o servicios a dicha empresa, disminuya la capacidad de la persona para cumplir una obligación contractual o cause a la misma alguna otra pérdida económica. La FWA debe estar convencido de que la suspensión es adecuada, teniendo en cuenta si ésta es contraria al interés público o incompatible con los objetivos de la ley. El Gobierno indica que el artículo 426 fue examinado por la FWA, que llevó a la conclusión de que la expresión «daño significativo» exige la determinación de que el daño es excepcional por su naturaleza o magnitud, fuera de lo ordinario y superior al daño que habitualmente es consecuencia de una acción de reivindicación autorizada.
La Comisión toma debida nota de la información detallada proporcionada por el Gobierno en relación con las restricciones para la utilización de las disposiciones antes mencionadas. La Comisión también toma nota de las indicaciones del Gobierno, según las cuales, no ha enmendado dichas disposiciones por considerar que, en general, establecen un equilibrio correcto entre el derecho de huelga del trabajador y la necesidad de proteger la vida y la estabilidad económica de una manera adecuada a las condiciones nacionales de Australia, además en los artículos 423, 424 y 426 de la Ley de Trabajo Equitativo, la ley ha establecido requisitos estrictos para autorizar la suspensión o terminación de una acción de reivindicación autorizada en circunstancias específicas.
La Comisión también toma nota de las conclusiones y recomendaciones del Comité de Libertad Sindical en el caso núm. 2698 (357.º informe, párrafos 213 229) referido a las disposiciones antes mencionadas. La Comisión recuerda que el derecho de huelga constituye uno de los medios esenciales de que disponen los trabajadores y sus organizaciones para promover y defender sus intereses económicos y sociales. Estos intereses no sólo comprenden la obtención de mejores condiciones de trabajo o las reivindicaciones colectivas de orden profesional, sino que abarcan también la búsqueda de soluciones a las cuestiones de política económica y social y a los problemas relativos a la empresa que interesan directamente a los trabajadores (Estudio General de 1994, Libertad sindical y negociación colectiva, párrafo 147). La Comisión recuerda, asimismo, que el derecho de huelga sólo puede limitarse o prohibirse: 1) en la función pública sólo en el caso de funcionarios que ejercen funciones de autoridad en nombre del Estado, o 2) en los servicios esenciales en el sentido estricto del término. La Comisión recuerda que el hecho de vincular las restricciones del derecho de huelga con las dificultades que provocan en el comercio y los intercambios abren las puertas a la prohibición de una amplia serie de acciones y huelgas legítimas. Aun cuando las acciones colectivas tienen repercusiones perjudiciales para el comercio y los intercambios, tales consecuencias no convierte de por sí al sector afectado en un servicio «esencial» y, en consecuencia, las restricciones al derecho de huelga no se justifican. La Comisión pide una vez más al Gobierno que adopte todas las medidas necesarias, en vista de sus comentarios anteriores y en consulta con los interlocutores sociales, para revisar las disposiciones antes mencionadas de la Ley de Trabajo Equitativo, la Ley sobre la Competencia y el Consumidor, de 2010 y la Ley de Delitos, de 1914, con el fin de ponerlas en plena conformidad con el Convenio. En el intervalo, la Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando informaciones detalladas sobre la aplicación de estos artículos de la Ley de Trabajo Equitativo.
Votación de la huelga. La Comisión recuerda las preocupaciones planteadas por el ACTU según las cuales el proceso de votación podría utilizarse por los empleadores para frustrar o aplazar el inicio de una acción colectiva autorizada. A este respecto, la Comisión recuerda que en virtud de la Ley de Trabajo Equitativo, se podrá emprender una acción colectiva mediante la votación autorizada de trabajadores salvo que éstos recurran a la acción de reivindicación en respuesta a una acción colectiva adoptada por el empleador. El artículo 459 de la Ley de Trabajo Equitativo requiere, como mínimo, la participación del 50 por ciento de los votantes inscriptos y, de ese total, más del 50 por ciento deberán aprobar la acción propuesta. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que para que la FWA autorice una votación en caso de presentación de una solicitud con arreglo al artículo 437, debe estar convencido de que cada solicitante ha tratado y trata realmente de llegar a un acuerdo con el empleador (apartado 1) del artículo 443). Determinar si un solicitante ha tratado realmente de alcanzar un acuerdo, es una cuestión de hecho que debe apreciarse teniendo en cuenta las circunstancias del caso. El Gobierno indica además que se ha desarrollado una jurisprudencia considerable acerca del sentido de la expresión «tratar realmente de llegar a un acuerdo», en el contexto de la presentación de solicitudes para autorizar una votación. La Comisión toma nota, en particular, de los indicios generales establecidos por la FWA incluyendo: 1) la duración de las negociaciones, incluyendo el volumen de explicaciones y detalles intercambiados entre el solicitante y las demás partes; 2) la extensión de los progresos en las negociaciones y las medidas adoptadas para tratar de llegar a un acuerdo; 3) determinar si el solicitante ha expuesto su reclamación y si proporcionó respuestas a las propuestas hechas por las demás partes. La Comisión también toma nota de que según estadísticas recientes proporcionadas por la FWA indican que en el trimestre que finaliza en diciembre de 2010, se presentaron 189 solicitudes para realizar votaciones, autorizándose 184 y en el trimestre que finaliza en marzo de 2011 se presentaron 134 solicitudes y se autorizaron 115.
La Comisión pide al Gobierno que siga adoptando medidas para garantizar que el ejercicio del derecho de huelga en la práctica no sea restringido por medio de obstáculos indebidos por complejos procedimientos de votación de la huelga y que continúe comunicando información sobre la aplicación de esas disposiciones en la práctica en particular el número de vocaciones autorizadas sobre el número total de solicitudes, así como toda estadística relativa a retrasos excesivos en el ejercicio del derecho de huelga.
Acceso al lugar de trabajo. La Comisión recuerda que anteriormente señaló la necesidad de enmendar las condiciones restrictivas establecidas para permitir a los representantes sindicales el acceso al lugar de trabajo para reunirse con los trabajadores. En su observación anterior, la Comisión tomó nota de que, con arreglo a la Ley de Trabajo Equitativo, un dirigente sindical debe contar con la autorización proporcionada por la FWA para poder acceder a un lugar de trabajo determinado. Para determinar si se concede un permiso de acceso, la FWA examinará toda cuestión que considere pertinente, incluyendo si el solicitante ha sido condenado por infringir la legislación laboral o por delito de fraude, intrusión, o uso intencional de la violencia o destrucción de bienes (artículo 513). La Comisión también tomó nota de que la Ley de Trabajo Equitativo permite que los dirigentes sindicales mantengan discusiones con trabajadores afiliados de un sindicato, o que reúnen las condiciones para ser afiliados, y tener acceso a los lugares de trabajo para investigar presuntas rupturas de la ley o de un instrumento elaborado en virtud de la ley y pidió al Gobierno que proporcionara información sobre la aplicación práctica de esta disposición, incluyendo estadísticas al respecto.
La Comisión toma nota de que el Gobierno señala que la Ley de Trabajo Equitativo mantiene un marco justo y equilibrado para que se ejerza el derecho de acceso de los dirigentes sindicales y faculta la FWA para tratar cuestiones relativas al abuso de derechos por parte de sindicalistas, solicitudes irrazonables de los empleadores y conflictos. Además, el Gobierno indica que la FWA ha señalado en sus informes trimestrales que desde julio de 2010, se han presentado 1.079 solicitudes de acceso y se autorizaron 866. La Comisión pide al Gobierno que, en su próxima memoria, siga proporcionando información sobre la aplicación en la práctica y las repercusiones y las disposiciones de la Ley de Trabajo Equitativo en relación con el acceso al lugar de trabajo de los representantes de los trabajadores, incluyendo la duración de esos permisos de acceso y los motivos para rechazar solicitudes o revocar autorizaciones.
Sector de la construcción. La Comisión recuerda que, según sus comentarios anteriores la Ley para la Mejora de la Industria de la Construcción, de 2005, (BCII): i) es prácticamente imposible declarar una huelga legal en el sector de la construcción y de la industria (los artículos 36, 37 y 38 de la ley BCII hacen referencia a «acciones reivindicativas ilegales» que no sólo implican la responsabilidad por daños y perjuicios contra el empleador, sino amplias responsabilidades frente a terceras partes y la prohibición absoluta de las acciones reivindicativas); ii) introduce importantes sanciones financieras, requerimientos y otras medidas sobre daños y perjuicios sin límite, en casos de «acciones reivindicativas ilegales» (artículos 39, 40 y 48 a 50 de la ley BCII); iii) concede al organismo encargado del cumplimiento de la ley, conocido como Comisión Australiana de Construcción (ABCC) amplios poderes coercitivos equivalentes a las de un órgano encargado de investigar asuntos penales; que habrían consistido en injerencia en el funcionamiento interno de los sindicatos, en particular recurriendo al poder de imponer una pena de prisión de seis meses en caso de no presentar los documentos exigidos o de no comunicar las informaciones solicitadas (artículos 52, 53, 55, 56 y 59 de la BCII), y iv) otorgan al Ministerio de Relaciones en el Lugar de Trabajo la potestad de regular las cuestiones laborales en el sector de la construcción y la industria por decreto ministerial a través de un instrumento denominado Código de la Construcción, que no está en conformidad con el Convenio en diferentes puntos y se «aplica» de forma implícita a través de una «plan de habilitación» para los contratistas que desean concluir contratos con la Commonwealth. La Comisión recuerda que anteriormente pidió al Gobierno que informara sobre todo progreso realizado en relación con la adopción de una nueva legislación al respecto en la industria de la construcción en plena conformidad con el Convenio.
La Comisión toma nota de que el Gobierno señala en su memoria que el proyecto de enmienda a la Ley para la Mejora de la Industria de la Construcción (transición al trabajo equitativo), de 2009, presentado ante el Parlamento el 17 de junio de 2009 no fue adoptado durante la prórroga del período de sesiones dictada cuando se realizó el llamado de elecciones federales de 2010, y se ha introducido en el orden del día legislativo para volver a ser presentado en el período de sesiones del Parlamento correspondiente a la primavera de 2011. Además, la Comisión toma nota de la indicación del Gobierno de que a principios de 2011, la ABCC llevó a cabo una revisión de la práctica y del procedimiento relativo al uso de las potestades en virtud del artículo 52 de la ley BCII y, en la medida de lo posible, adoptó voluntariamente las recomendaciones del informe Wilcox y estableció algunas salvaguardias que deberían respetarse antes de publicar un aviso con arreglo al artículo 52 de la ley BCII. El Gobierno indica también que el Ombudsman de la Commonwealth será invitado a llevar a cabo una investigación independiente cada vez que se utilicen las facultades del artículo 52, solicitándose también que revise la manera en que el Comisionado Australiano para las Construcciones tiene previsto utilizar esas potestades.
La Comisión lamenta tomar nota de que persistan sin modificaciones las restricciones antes mencionadas en el sector de la construcción y observa con preocupación los alegatos formulados por la CSI y el ACTU, respectivamente, en el sentido de que los inspectores del ABCC continúen su campaña de hostigamiento contra los afiliados y sindicalistas del sector de la construcción, incluyendo interrogaciones secretas de trabajadores, y que las investigaciones y enjuiciamientos de esta entidad muestran una evidente parcialidad en contra de los sindicalistas y trabajadores. La Comisión pide al Gobierno que comunique sus observaciones sobre los comentarios de la CSI y del ACTU y que adopte todas las medidas necesarias para garantizar que los afiliados y dirigentes sindicales del sector de la construcción no sean víctimas de un acoso y persecución por el ABCC. Además, la Comisión expresa una vez más la firme esperanza de que la reforma legislativa emprendida en el sector de la construcción será completada en breve y pondrá la legislación en plena conformidad con el Convenio. La Comisión pide al Gobierno que comunique información complementaria a este respecto en su próxima memoria, incluida la información relativa a la utilización de las potestades que confiere el artículo 52 por parte del ABCC y las investigaciones conexas llevadas a cabo por el ombudsman de la Commonwealth.
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