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Observation (CEACR) - adoptée 2011, publiée 101ème session CIT (2012)

Convention (n° 129) sur l'inspection du travail (agriculture), 1969 - Suède (Ratification: 1970)

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En seguimiento a sus comentarios anteriores sobre los progresos realizados en el funcionamiento de la Inspección del Trabajo en las empresas agrícolas y forestales, la Comisión toma nota nuevamente con satisfacción de los esfuerzos continuos desplegados por el Gobierno para asignar a la inspección del trabajo los recursos humanos y logísticos necesarios para el ejercicio de su función de control, de educación y de contribución a la mejora de la legislación (artículo 6, párrafo 1, del Convenio), en particular en materia de salud y seguridad de los trabajadores agrícolas y del medio ambiente de trabajo de los mismos.
Medidas para mejorar las condiciones de seguridad y salud en las empresas agrícolas. Tomando nota de que las labores agrícolas y forestales forman parte de las actividades con las tasas de accidente más elevadas (con una media de 15 fallecimientos y miles de heridos cada año), la autoridad encargada del medio ambiente del trabajo trata de adaptar sus actividades en función de los resultados emitidos por la Inspección del Trabajo y de los nuevos conocimientos tecnológicos, con miras a reducir los riesgos ocupacionales específicos a las actividades concernidas. Según el Gobierno, seis estudios realizados en 2010 sobre los accidentes de trabajo en el sector agrícola y publicados en Internet, serán tomados en cuenta para la aplicación de varias medidas al respecto. La Comisión toma nota de que una lista detallada de los puntos de control, así como un glosario del léxico específico propio a la inspección del trabajo en el sector agrícola serán puestos a disposición del conjunto de los inspectores en un futuro próximo.
Control de las máquinas agrícolas y de su uso. La Comisión toma nota de que las competencias de la Inspección del Trabajo en el sector agrícola incluyen el control preventivo de los productos del mercado destinados a los pequeños explotadores del bosque y a sus clientes, con el objetivo de hacer una lista de los productos desde el punto de vista de la seguridad de su uso. En el mismo sentido, la Inspección del Trabajo proporciona a los fabricantes y a los compradores de ciertas máquinas agrícolas, informaciones sobre la fabricación de las mismas, mediante un folleto relacionado con su conformidad con las normas europeas.
Control de las actividades de crianza. La Comisión toma nota con interés de que las actividades de la Inspección del Trabajo en las empresas de crianza llevaron la autoridad encargada del entorno de trabajo a tomar varias medidas, durante el período cubierto por la memoria, destinadas a mejorar las condiciones de seguridad y de salud en relación con el medio ambiente de trabajo: búsqueda de soluciones alternativas para la marca del ganado; revisión de los reglamentos relativos a las maquinas de difusión de plaguicidas, así como el uso de sierras y motosierras; publicación en Internet de informaciones y recomendaciones relacionadas con los riesgos biológicos, así como la protección de las personas responsables de los caballos, perros y gatos que padecen ciertas graves enfermedades infecciosas. Además, los polvos orgánicos en las explotaciones agrícolas de crianza son objeto de un proyecto nacional de dos años y se efectúan mediciones de los mismos en las crianzas de aves de corral, las pocilgas y otros tipos de crianzas.
Medidas de protección para los extranjeros ocupados en ciertas actividades temporales. Por último, la Comisión toma nota con interés de la publicación de un folleto disponible en diversos idiomas (inglés, letón, lituano, rumano, ruso y polaco) destinado a los extranjeros que ejercen actividades temporales en las labores forestales y la cosecha de bayas. Dicho folleto cubre los aspectos sociales y jurídicos del trabajo temporal, así como las cuestiones relativas a la seguridad y a la salud que son inherentes a las particularidades de las actividades concernidas.
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