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Demande directe (CEACR) - adoptée 2014, publiée 104ème session CIT (2015)

Convention (n° 142) sur la mise en valeur des ressources humaines, 1975 - El Salvador (Ratification: 1995)

Autre commentaire sur C142

Observation
  1. 2008
  2. 2003
Demande directe
  1. 2019
  2. 2014
  3. 2013
  4. 2012
  5. 1998

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Artículos 1 y 5 del Convenio. Políticas y programas de orientación y formación profesionales. Colaboración de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de la respuesta del Gobierno recibida en septiembre de 2014 a las observaciones de la Asociación Nacional de Empleadores (ANEP) y de la Organización Internacional de Empleadores (OIE). En relación con los comentarios anteriores, el Gobierno también transmite información detallada sobre las actividades del Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP) que en varios casos ha contado con la colaboración de los interlocutores sociales, de organismos privados e internacionales. La Comisión toma nota de que, entre 2011 y 2013, el INSAFORP capacitó a 753 064 personas, de las cuales 103 340 se consideraron como población vulnerable; 170 158 eran jóvenes, 479 566 eran trabajadores y 273 498 recibieron una formación inicial (habilitación para el trabajo y aprendizaje en Empresa-Centro). La Comisión invita al Gobierno a continuar proporcionando informaciones sobre los programas de orientación y formación profesionales ejecutados por el INSAFORP y la manera en que se asegura la colaboración de los interlocutores sociales y de otros organismos interesados. Sírvase indicar cómo se asegura una coordinación eficaz entre las políticas y los programas de orientación y formación profesionales ejecutados o financiados por el INSAFORP y por el Servicio Público de Empleo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
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