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Demande directe (CEACR) - adoptée 2015, publiée 105ème session CIT (2016)

Convention (n° 160) sur les statistiques du travail, 1985 - El Salvador (Ratification: 1987)

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Artículos 7 y 8 del Convenio. Estadísticas del empleo, del desempleo y del subempleo. Estadísticas de la estructura y distribución de la población económicamente activa. La Comisión toma nota de la ilustrativa información proporcionada por el Gobierno en su memoria sobre las estadísticas de la población económicamente activa, del empleo, del desempleo y del subempleo, y también de las estadísticas relativas a la estructura y la distribución de la población económicamente activa. Además, la Comisión toma nota de que el Gobierno envía regularmente al Departamento de Estadísticas de la OIT datos provenientes de la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples (EHPM) y del censo de población. La Comisión pide al Gobierno que continúe comunicando a la OIT las estadísticas del trabajo que requiere el Convenio. La Comisión también invita al Gobierno a proporcionar información sobre toda evolución respecto de la aplicación de la Resolución sobre las estadísticas del trabajo, la ocupación y la subutilización de la fuerza de trabajo (Resolución I), adoptada en octubre de 2013 por la 19.ª·Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo.
Artículo 9, párrafo 1. Compi1ación de las estadísticas sobre las ganancias medias y de las horas medias de trabajo. Comunicación de las estadísticas. La Comisión toma nota de los datos proporcionados por el Gobierno respecto de las estadísticas continuas de las ganancias medias y de las horas medias de trabajo (horas realmente efectuadas u horas remuneradas) entre 2008 y 2014. La Comisión pide al Gobierno que continúe comunicando las estadísticas sobre las ganancias y las horas de trabajo, y que proporcione detalles sobre la fuente de las mismas y la metodología utilizada.
Artículo 10. Estadísticas de la estructura y distribución de los salarios. La Comisión pide al Gobierno que facilite estadísticas sobre la estructura y distribución de los salarios que abarquen a los obreros y empleados de las principales ramas de actividad económica importantes.
Artículo 11. Estadísticas del costo de la mano de obra. El Gobierno indica en su memoria que no cuenta con estadísticas del costo de la mano de obra respecto de las principales ramas de actividad económica. La Comisión pide al Gobierno que tome las medidas necesarias para compilar estadísticas del costo de la mano de obra. La Comisión espera que el Gobierno transmita a la Oficina información actualizada sobre los conceptos y procedimientos utilizados para la compilación de dichas estadísticas cuando se encuentren disponibles.
Artículo 14. Lesiones y enfermedades profesionales. El Gobierno informa que el país aún no cuenta con estadísticas referentes a las lesiones y enfermedades profesionales que abarquen todas las ramas de la actividad económica y representen al conjunto del país. La Comisión toma nota de los datos proporcionados respecto de los accidentes de trabajo comunicados por el Instituto Salvadoreño del Seguro Social. La Comisión pide al Gobierno que tome las medidas necesarias para compilar y publicar las estadísticas relativas a las lesiones y enfermedades profesionales. La Comisión pide al Gobierno que transmita a la Oficina información actualizada sobre los conceptos y procedimientos utilizados para la compilación de dichas estadísticas cuando se encuentren disponibles.
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