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Cas individuel (CAS) - Discussion : 2017, Publication : 106ème session CIT (2017)

Convention (n° 87) sur la liberté syndicale et la protection du droit syndical, 1948 - Guatemala (Ratification: 1952)

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 2017-Guatemala-C087-Es

El Gobierno ha comunicado la siguiente información por escrito.

Investigaciones de homicidios y sentencias emitidas a la fecha

El Gobierno de Guatemala reitera su preocupación por los hechos ocurridos a las víctimas y continúa realizando las investigaciones pertinentes con el objetivo de esclarecer plenamente los hechos y circunstancias en las que se produjeron los asesinatos de miembros y dirigentes sindicales, determinar la responsabilidad de los culpables y obtener una sentencia conforme a derecho. En el mes de marzo del año en curso, en el marco de la 329.ª reunión del Consejo de Administración, el Gobierno de Guatemala informo sobre 15 sentencias. Posteriormente y a la fecha, la Unidad Fiscal Especial de Delitos contra Sindicalistas obtuvo los siguientes avances: tres sentencias condenatorias; una sentencia absolutoria; cuatro personas ligadas a proceso penal; dos órdenes de aprehensión ejecutadas, y una extinción de la persecución penal. Asimismo, la Unidad Fiscal ha practicado diligencias de investigación para determinar e individualizar a los presuntos responsables de la comisión de los hechos, siendo éstas: declaraciones de los testigos referenciales y presenciales, declaraciones de las víctimas, anticipo de pruebas, pruebas audiovisuales, allanamientos, inspecciones, registro de inmuebles y peritajes. Es importante resaltar que en ninguno de estos 18 casos, se comprobó un móvil sindical, no obstante, lo anterior, estamos comprometidos a brindar la protección necesaria a los sindicalistas que lo requieran. También, es importante resaltar el compromiso del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, quien se reúne periódicamente con autoridades del Ministerio Publico y la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), para dar seguimiento a la colaboración entre dichas instituciones.

Estudios de riesgo para todos los dirigentes sindicales y sindicalistas amenazados y asignación de las medidas de protección correspondientes

El Ministerio de Gobernación informó que, de enero a mayo del presente año, recibió 20 solicitudes de medidas de seguridad, a las cuales, el Departamento de Análisis de Riesgo de la División de Protección de Personas y Seguridad de la Policía Nacional Civil realizó los estudios correspondientes, obteniéndose como resultado el otorgamiento de las 20 medidas de seguridad solicitadas.

Solicitudes de medidas de seguridad realizadas por el Ministerio Público en aplicación del Protocolo de implementación de medidas de seguridad inmediatas y preventivas, publicado en enero 2017

El Ministerio Público a través de la Unidad Fiscal Especial de Delitos contra Sindicalistas, ha solicitado al Ministerio de Gobernación, de enero a la fecha, 14 medidas de seguridad preventivas a favor de dirigentes sindicales y sindicalistas y a la Policía Nacional Civil, y ocho medidas de seguridad perimetral.

Informe del teléfono gratuito 1543 para atender denuncias de violencia o amenazas en contra de defensores de derechos humanos

El Ministerio de Gobernación reportó que desde enero de 2017, del total de llamadas recibidas en la línea de emergencia 1543 por denuncias, ninguna tuvo relación con dirigentes o afiliados a sindicatos de trabajadores. En tal sentido y con el objeto de dar a conocer a dicho sector el teléfono gratuito y promover el uso adecuado del mismo, se ha implementado una campaña de difusión del número de emergencia 1543 para protección de sindicalistas a través de redes sociales. Asimismo, el Ministerio de Gobernación cuenta con espacios de diálogo, que se reúnen periódicamente, denominados Instancia de análisis de ataques contra defensores de derechos humanos y Mesa técnica sindical permanente de protección integral, en las cuales se abordan los casos denunciados por el sector sindical brindándose el seguimiento correspondiente por las entidades responsables. Estos constituyen espacios de diálogo para la atención oportuna de las situaciones que atentan contra la libertad sindical o integridad de los dirigentes y afiliados de organizaciones sindicales de trabajadores. Al mismo tiempo, dichos espacios de diálogo han sido utilizados para dar a conocer al sector sindical el «Protocolo de implementación de medidas de seguridad, inmediatas y preventivas en favor de trabajadores y trabajadoras sindicalizados, dirigentes, directivos, militantes, lideresas y líderes sindicales, personas relacionadas con la defensa de los derechos laborales».

Fortalecimiento institucional

El Gobierno de Guatemala, reconoce la importancia de los compromisos asumidos a través de la ratificación del Convenio. En tal sentido, la Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público giró instrucciones para que se realizaran las acciones correspondientes para fortalecer al personal que conforma la Unidad Fiscal Especial de Delitos contra Sindicalistas, actualmente conformada por 19 personas y funciona dentro de la estructura organizacional de la Fiscalía de Derechos Humanos, con tres agencias fiscales.

Creación de tribunales especiales para conocer de delitos relacionados con la libertad sindical

El Estado de Guatemala, desde la promulgación del decreto núm. 21-2009 del Congreso de la Republica, Ley de Competencia Penal en Procesos de Mayor Riesgo, cuenta con la estructura jurídica siguiente: cuatro juzgados de mayor riesgo, una sala de la Corte de Apelaciones de mayor riesgo en la ciudad capital y dos tribunales de sentencia, en los cuales pueden ser dilucidados los procesos por delitos cometidos en contra de la vida de sindicalistas. En tal sentido, el Ministerio Público en cualquier momento puede hacer la solicitud correspondiente para que la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia, evalúe las circunstancias y pueda asignar esos procesos a conocimiento de los juzgados de mayor riesgo. Es oportuno informar que las sentencias condenatorias obtenidas recientemente por el Ministerio Público en los casos de los señores: William Leonel Retana Carias y Manuel de Jesús Ortiz Jiménez, fueron dictadas por los Tribunales de Sentencia de Mayor Riesgo, atendiendo la recomendación de la Comisión de Expertos de la OIT.

Reformas legislativas

El 16 de marzo de 2017 en sesión ordinaria del pleno de diputados del Congreso de la República, se aprobó el decreto núm. 7-2017 (proyecto de ley núm. 5198) que reforma el decreto núm. 1441 del Código del Trabajo, el cual entró en vigencia el 6 de junio del año en curso. Se considera un hecho histórico que el texto aprobado por el Congreso haya sido producto de un acuerdo entre organizaciones sindicales y empresariales del país. Con la entrada en vigencia de dicha normativa, se establece en ley el procedimiento de inspección que conlleva a una posible sanción en caso de incumplimiento de normas laborales, garantizando de esa manera la intervención del Estado de Guatemala en el fomento de una cultura de cumplimiento de los derechos y obligaciones laborales. En lo que respecta a la iniciativa núm. 5199, el Ministerio de Trabajo se ve complacido de que la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT, observe con interés, el proyecto sometido al Congreso de la República el 27 de octubre de 2016, porque recoge la mayor parte de las anteriores observaciones de la Comisión. En fecha 9 de mayo de 2017, se llevó a cabo una sesión de la Comisión de Trabajo del Congreso de la República, en la cual participaron el sector empleador, trabajador y gobierno, habiendo acordado los mandantes bipartitos presentar ante dicha Comisión sus acuerdos y conclusiones. El sector gobierno ratifica su respaldo al diálogo bipartito y está en la plena disposición de participar de las discusiones en el momento que sea requerido por los mandantes, tomando en consideración que el Congreso de la República, a través del Presidente de la Comisión de Trabajo, ha fijado fecha específica para recibir los acuerdos, luego de haber transcurrido ocho meses, durante los cuales el Congreso ha otorgado varias prórrogas, en respuesta al tiempo adicional solicitado por empleadores y trabajadores.

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social, confía en que la iniciativa de ley, sea aprobada a la brevedad posible e incluya los elementos adicionales que la Comisión de Expertos señala en su informe a la 105.ª Conferencia Internacional del Trabajo.

Registro sindical

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a través de la Dirección General de Trabajo, recibe las solicitudes para inscripción de sindicatos y reconocimiento de personalidad jurídica. Al respecto en 2016 se inscribieron un total de 84 organizaciones sindicales y durante el año 2017, suman 26 sindicatos inscritos. En relación a la reforma del procedimiento de inscripción sindical, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, ha generado un espacio de diálogo, en el cual se ha acordado una agenda de temas, incluyendo los propuestos por organizaciones sindicales.

Tratamiento y resolución de conflictos por la Comisión de Tratamiento de Conflictos en materia de la libertad sindical y negociación colectiva

En la reunión de la Comisión tripartita sobre asuntos internacionales de trabajo celebrada el 18 de mayo del año en curso, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, presentó los Términos de referencia de consultoría en evolución del funcionamiento de Comisión de Tratamiento de Conflictos, los cuales fueron elaborados con apoyo de la Oficina del Representante del Director General de la OIT. En tal sentido, los sectores acordaron realizar las consultas correspondientes y comunicar sus observaciones. Asimismo, los miembros de la Comisión de Tratamiento de Conflictos tienen previsto realizar durante los próximos días, un taller denominado «autoevaluación de la Comisión».

Campaña de sensibilización sobre la libertad sindical y la negociación colectiva

Se han intensificado los procesos de sensibilización, como parte de la «libertad sindical y negociación colectiva por un mejor país», especialmente con directores de medios de comunicación, columnistas, formadores de opinión, periodistas, y directores de comunicación social de los tres Organismos del Estado. Asimismo, se continúa impulsando la campaña a través de las páginas oficiales y redes sociales de las instituciones del Estado, así como entrevistas en medios de comunicación gubernamentales, y entrega de afiches y trifoliares en las distintas instituciones a visitantes y líderes sindicales. Además, se tiene planificado un proceso de capacitación en el tema de libertad sindical y negociación colectiva con el sector textil y maquila, con el apoyo de la Oficina del Representante del Director General de la OIT.

Además, ante la Comisión, una representante gubernamental manifestó el compromiso de su país en el cumplimiento de las normas y principios fundamentales en el trabajo, inclusive a través del Memorándum de Entendimiento y la Hoja de ruta para resolver las cuestiones relativas al Convenio contenidas en la queja presentada en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT. Destacó que para ello, se cuenta con el involucramiento directo del Presidente de la República. Asimismo, manifestó que estaba acompañada por autoridades de los tres poderes del Estado, quienes reafirmaron su compromiso en el cumplimiento de la Hoja de ruta, lo cual demuestra el apoyo al más alto nivel. Reiteró su preocupación por la pérdida de vidas humanas generada por la violencia en el país, incluyendo las de algunos sindicalistas, e indicó que se están implementando cambios profundos y estructurales. En ese sentido, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social sostiene reuniones periódicas con autoridades del Ministerio Público y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala. Se ha fortalecido la Unidad Fiscal Especial de Delitos contra Sindicalistas recientemente ampliada a 19 personas y tres agencias fiscales. Además, indicó que en 2016, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social inscribió un total de 84 organizaciones sindicales. Durante 2017, se han inscrito 26 sindicatos. Con el apoyo de la OIT, se prevé fortalecer la Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT en materia de libertad sindical y negociación colectiva, y se han intensificado los procesos de sensibilización, como parte de la campaña de libertad sindical y negociación colectiva, teniendo planificado un proceso de capacitación con el sector textil y maquila, con apoyo de la Oficina del Representante del Director General de la OIT. Asimismo, la reciente entrada en vigencia de las modificaciones al Código del Trabajo ha fortalecido la Inspección General de Trabajo, otorgándole capacidad sancionatoria, y, para hacer más transparente su accionar, se ha creado la Unidad de Probidad y Transparencia, que brinda a la población un servicio de calidad y eficiencia. Reiteró el compromiso de su Gobierno de continuar mostrando avances concretos, cuyo reconocimiento debería permitir cerrar el caso de su país en la reunión del Consejo de Administración de noviembre de 2017. Concluyó manifestando la preocupación de su Gobierno por la utilización simultánea de varios mecanismos de control para tratar las mismas alegaciones relativas a un país, en contra del cual existe una queja ante el Consejo de Administración. Consideró que se trata de una duplicación de los mecanismos que debilita el funcionamiento y la credibilidad de los órganos de control de la OIT.

Una magistrada de la Corte de Constitucionalidad manifestó que la Corte de Constitucionalidad actúa de manera independiente y permanente, y que su labor primordial es la defensa de los derechos humanos garantizados y protegidos tanto en la Carta Magna, como en los tratados internacionales que, a la luz de la misma, forman parte del bloque de constitucionalidad. La Corte ha observado los estándares internacionales en materia de derecho laboral emitiendo fallos y tutelando los derechos de los trabajadores. De 147 amparos sobre derechos laborales presentados en 2016, 109 favorecieron a los trabajadores. Respecto del derecho a la libre sindicalización, destacó que se ha garantizado en múltiples fallos que durante el tiempo de la formación del sindicato el patrono no puede, sin autorización judicial, ejecutar despidos contra los trabajadores protegidos.

Un magistrado de la Corte Suprema de Justicia se refirió a la existencia de Juzgados, Tribunales de Sentencia y Sala de la Corte de Apelaciones de Mayor Riesgo, en los cuales pueden ser dilucidados los procesos por delitos cometidos en contra de la vida de sindicalistas, atendiendo la recomendación de la Comisión de Expertos de crear tribunales especiales. Informó que dichos tribunales han emitido tres sentencias condenatorias en casos relacionados con sindicalistas. Además, señaló que de marzo a la fecha se registraron tres sentencias condenatorias, una absolutoria, cuatro personas ligadas a proceso penal, dos órdenes de aprehensión ejecutadas y una extinción de la persecución penal. Manifestó el compromiso de la Corte en relación a las responsabilidades que le competen en la Hoja de ruta y recordó que el Ministerio Público en cualquier momento puede realizar la solicitud correspondiente para que la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia, evalúe las circunstancias y pueda asignar procesos a conocimiento de los juzgados de mayor riesgo.

El Viceministro de Gobernación destacó el compromiso de su Ministerio de seguir mostrando avances en el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la Hoja de ruta, tal como lo demuestra la aprobación, publicación y vigencia del protocolo de implementación de medidas de seguridad inmediatas y preventivas en favor de los miembros del movimiento sindical, el cual se implementa con la participación de los líderes sindicales. Además, informó que se ha implementado una campaña de difusión del número telefónico para la protección de sindicalistas (1543) y, para fortalecer los mecanismos de protección, se ha incrementado el presupuesto en favor de policías nacionales civiles, así como los espacios de coordinación y comunicación con los trabajadores para garantizar el cumplimiento de los compromisos de la Hoja de ruta y agilizar el esclarecimiento de actos de violencia.

El Diputado Presidente de la Comisión de Trabajo del Congreso de la República reiteró el compromiso de los legisladores en relación a la promoción y cumplimiento de los derechos en materia laboral y destacó que el compromiso de la Comisión de Trabajo del Congreso manifestado en la Hoja de ruta, se materializó a través de la aprobación del decreto núm. 7-2017, que confiere facultades sancionatorias a la Inspección General de Trabajo. Con relación a la iniciativa de ley núm. 5199 en materia de libertad sindical y derecho a la huelga, indicó que se ha fijado fecha específica para recibir los acuerdos de los trabajadores y empleadores con el fin de que presenten una propuesta consensuada, después de ocho meses de consultas y tres prórrogas solicitadas por trabajadores y empleadores. Concluyó manifestando que seguirá promoviendo el diálogo social con los diferentes sectores, con el fin de crear o reformar la legislación en materia laboral, para cumplir con los convenios internacionales para el desarrollo integral del país.

Los miembros trabajadores consideraron que, de manera sistemática, Guatemala no ha respondido a las importantes observaciones y recomendaciones formuladas por los mecanismos de control de la OIT. Lamentan que la situación actual no difiera en gran medida de la observada en 2012, que motivó la queja presentada en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT en relación con la inobservancia del Convenio. Desde entonces, se ha asesinado a otros 28 sindicalistas y sigue imperando un clima de casi total impunidad. La Comisión ha examinado en reiteradas ocasiones la cuestión de la violencia y la impunidad contra los sindicalistas en Guatemala, y la inacción del Gobierno exige un examen continuo, con independencia del proceso que está teniendo lugar en el Consejo de Administración. La Comisión de Expertos tomó nota «con profunda preocupación de los persistentes alegatos de actos de violencia antisindical», y expresó «su especial preocupación por la ausencia de progresos en las investigaciones relativas a homicidios respecto de los cuales ya se han identificado indicios de posible móvil antisindical». De los 70 casos de homicidio sometidos al Comité de Libertad Sindical, sólo 11 condujeron a condenas hasta el momento. Aun así, el Ministerio Público y los tribunales insistieron en que la motivación de los asesinatos que fueron objeto de estas 11 condenas no se basaron en la actividad sindical de las víctimas. En cualquier caso, las administraciones actuales y pasadas en Guatemala nunca han parecido hallar una relación entre la actividad sindical y la motivación de los asesinatos. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala también han tomado nota con suma preocupación de la falta de progresos en la investigación de dichos casos. Además, en lo que respecta a las investigaciones, el Gobierno sigue sin adoptar medidas tan básicas como recabar testimonios de los familiares o testigos o realizar análisis balísticos. El Gobierno tampoco ha brindado protección a los sindicalistas que están siendo objeto de acoso y amenazas por realizar sus actividades sindicales. Los miembros trabajadores lamentaron que el protocolo de implementación de medidas de seguridad inmediatas y preventivas en favor de los miembros del movimiento sindical, establecido recientemente por el Gobierno, no sea más que una declaración de buenas intenciones ya que no se toman medidas en el terreno. Urge adoptar medidas con el fin de poner en práctica el protocolo, y deben asignarse más fondos con este fin, lo que también subrayó la Comisión de Expertos. Los miembros trabajadores indicaron que por fin acaba de aprobarse una legislación que restituye la facultad de la inspección del trabajo para imponer sanciones en caso de violación de los derechos sindicales. Este resultado positivo sólo se ha alcanzado debido a un acuerdo bipartito entre las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores, lo que ha demostrado que el diálogo social es posible en Guatemala y es la única manera de avanzar con el fin de encarar los inmensos desafíos que tiene ante sí el país. Sin embargo, el Gobierno sigue sin ser consciente de la importancia que reviste que los interlocutores sociales participen en la toma de decisiones. En tiempos recientes, se ha presentado un proyecto de ley al Congreso destinado a poner la legislación en conformidad con el Convenio, sin celebrar consultas apropiadas con los sindicatos. Por consiguiente, los sindicatos rechazaron el proyecto de ley, en particular porque va en contra de una serie de recomendaciones claras formuladas por la Comisión de Expertos. En concreto, el proyecto de ley tiene por objeto enmendar el artículo 390, 2), del Código Penal de tal manera que se retenga el riesgo de imponer sanciones penales a los trabajadores que llevan a cabo una huelga pacífica. El Gobierno tuvo una oportunidad única de mostrar su compromiso con la Hoja de ruta cuando se estableció la Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT en materia de libertad sindical y negociación colectiva. Lamentablemente, dicho mecanismo ha sido una oportunidad perdida debido a la falta de voluntad política. Se han destinado muy pocos recursos a dicha iniciativa. Además, la Comisión de Expertos señaló que no hay complementariedad con los mecanismos judiciales para la protección de la libertad sindical. Asimismo, el Ministerio Público ha admitido haber recibido no menos de 1 950 quejas de incumplimiento de órdenes de reintegración de trabajadores despedidos por constituir sindicatos. La impunidad es tal que los empleadores de los sectores público y privado ignoran pura y simplemente las órdenes judiciales. El Gobierno no ha dado detalles sobre las sanciones impuestas a los numerosos empleadores que incumplen la ley. El Gobierno ha dificultado más aún el registro de sindicatos o la renovación de las credenciales de los dirigentes sindicales existentes. Más aún, ni siquiera ha llevado a cabo una campaña de sensibilización acerca de la libertad sindical, como se acordó en la Hoja de ruta. La puesta en marcha de una campaña en los medios de comunicación sería particularmente útil en el sector de la maquila, donde se han documentado varios casos de violación de la libertad sindical y de imposibilidad de constituir sindicatos. El Gobierno ha llegado hasta el punto de utilizar los medios de comunicación con el fin de atentar contra el derecho de libertad sindical y los convenios colectivos en el sector público. Los miembros trabajadores seguirán controlando de cerca el cumplimiento de la Hoja de ruta. Las cuestiones planteadas se vienen presentando al mecanismo de control de la OIT desde hace más de veinte años. Confían ante todo en que se resuelvan las cuestiones relativas a la impunidad, los cambios legislativos y el registro de sindicatos. Por último, reconocieron el papel positivo que desempeña el Representante Especial del Director General de la OIT en Guatemala.

Los miembros empleadores recordaron que este mismo tema está siendo objeto de análisis ante el Comité de Libertad Sindical a través del caso núm. 2609 y ante el Consejo de Administración mediante el seguimiento dado a una queja presentada en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT. Recordaron asimismo que el caso trata de: i) derechos sindicales y las libertades civiles; ii) problemas de carácter legislativo; iii) el registro de las organizaciones sindicales; iv) la resolución de conflictos en materia de libertad sindical; v) la campaña de sensibilización en materia de libertad sindical, y vi) el sector de la maquila. Destacaron que la información escrita presentada por el Gobierno contiene elementos detallados y actualizados en relación a dichos temas. Casi la totalidad de los casos reportados de violencia antisindical son muy antiguos, y que en esas condiciones se hace muy difícil llevar a cabo las investigaciones. No obstante lo anterior, las instituciones del Estado están funcionando. El Estado está haciendo su mejor esfuerzo y los resultados se están produciendo. En particular, el hecho que todos los representantes de las ramas del poder público hayan estado presentes ante la Comisión demuestra su compromiso ante la misma. Destacaron que resulta importante que siga funcionando la Comisión tripartita sobre asuntos internacionales de trabajo y que se sigan haciendo campañas de difusión y trabajos de sensibilización. Manifestaron interés por conocer más detalles acerca del rechazo que habría sido manifestado por los trabajadores en relación a una propuesta del Gobierno de reforma del procedimiento de inscripción sindical. Asimismo, recogieron con mucho interés lo indicado por el Gobierno en cuanto a los requisitos necesarios para constituir sindicatos de industria y las modificaciones en relación con la nacionalidad extranjera para ser miembros de los comités ejecutivos de los sindicatos. En relación a los comentarios de la Comisión de Expertos en materia de huelga, reiteraron que consideran que el derecho de huelga no se encuentra regulado en el Convenio y que, por lo tanto, no existe base para discutir este tema en la Comisión, que las conclusiones de este caso no deberían hacer referencia al derecho de huelga y que el Gobierno no está obligado a seguir las recomendaciones de la Comisión de Expertos en relación a este tema específico. Afirmaron que, en materia de huelga, existe plena libertad en el marco nacional para que pueda establecerse una legislación conforme a las propias circunstancias y, en ese sentido, destacaron los avances que se pueden producir por iniciativa del Congreso y especialmente por voluntad tripartita. Hicieron referencia a los comentarios de la Comisión de Expertos sobre las posibles sanciones de carácter penal previstas en la sección 390, apartado 2 del Código Penal, cuestionando que puedan considerarse pacíficos actos de sabotajes, daños o destrucciones a la propiedad privada, a las empresas o las instituciones afectando a su producción y sus servicios. Dado el alto número de quejas ante los órganos de control de la OIT en temas de libertad sindical, manifestaron interés en que se pueda profundizar la utilización de los mecanismos de mediación y resolución de conflictos, aunque, en todo caso, corresponde al Estado mismo determinar la manera en que decide diseñarlos y desarrollarlos. Destacaron que el sector de la maquila es el principal exportador y generador de empleo formal y directo en el país en el cual se promueve el cumplimiento de la legislación y de los derechos fundamentales en el trabajo a través de la organización de empleadores más representativa, el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF). Indicaron que existe un código de conducta que se basa en los convenios fundamentales del trabajo, que certifica a más de 300 empresas y vincula a más de 250 000 trabajadores y que se siguen sistemas de auditoría independientes, muchos de ellos internacionales. Manifestaron que, el hecho de que las empresas textiles reciben en promedio cinco auditorías anuales para cada uno de sus clientes, para así lograr estar certificadas y continuar con la renovación de contratos de carácter comercial, debería llevar a la Comisión a que considere este aspecto del caso como definitivamente resuelto. Concluyeron destacando el compromiso del sector empresarial en continuar con la campaña de sensibilización en materia de libertad sindical y en una búsqueda cada vez mejor del fortalecimiento institucional de las distintas dependencias públicas y privadas del país.

El miembro trabajador de Guatemala lamentó las permanentes y graves violaciones a la libertad sindical que desde hace años se viven en Guatemala, que no sólo afectan profundamente a las relaciones de trabajo, sino que también cuestionan la vigencia de la democracia y los derechos humanos en el país. Afirmó que los números no merecen discusión alguna: 84 sindicalistas asesinados en los últimos años, considerando sólo los casos que se encuentran actualmente en la Fiscalía Especializada del Ministerio Público, y 251 denuncias de agresiones graves contra dirigentes sindicales y defensores de derechos laborales entre 2015 y 2016. Actualmente, hay miles de órdenes de readmisión para trabajadores despedidos por intentar organizarse sindicalmente. Según los registros de los tribunales de justicia, en la mayoría de los casos dichas órdenes de readmisión no se cumplen y, en una total violación y burla a la ley, en algunos casos, los trabajadores son readmitidos y nuevamente despedidos. Existen múltiples trabas ministeriales para la inscripción de nuevos sindicatos y de nuevos directivos, para la realización de trámites administrativos sindicales y para la homologación de los pocos pactos colectivos que logran acordarse. El Presidente de la Republica cada año emite una circular por la cual prácticamente prohíbe la negociación colectiva en el sector público, al limitar los ajustes salariales bajo la excusa de la contención del gasto y la austeridad. Muchos de los trabajadores que han presentado hace más de quince meses sus solicitudes de homologación de pacto colectivo, todavía no cuentan con una resolución por parte de las autoridades del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Por el contrario, muchos de esos pactos cuentan con previos en donde se ordena la eliminación de artículos que contienen beneficios de los cuales los trabajadores han venido gozando desde años anteriores. Señaló que existe una feroz campaña antisindical, impulsada desde los sectores empresarial y estatal, con la intención de declarar lesivos los pactos colectivos para el país así como de criminalizar a la dirigencia sindical. Pretende, asimismo, hacer ver a las organizaciones sindicales como las responsables del desgobierno, la corrupción y la crisis económica que sufre la mayor parte de los guatemaltecos. Consideró, que no es de extrañar, por tanto, que en el informe anual de la Confederación Sindical Internacional (CSI) se señale que Guatemala es uno de los diez peores países en el mundo en cuanto a la violación al derecho de la libertad sindical. Las personas que trabajan se enfrentan a las peores formas de violencia, incluyendo intimidación, amenazas, persecución, secuestros, violencia física y hasta asesinatos por el simple hecho de querer organizarse sindicalmente. Además, la situación se agrava por la impunidad imperante para los responsables de estos abominables hechos como queda patente en el informe que presentó el Ministerio Público, en marzo de 2017, sobre el estado de las investigaciones de los 84 asesinatos de sindicalistas. El documento no hace más que corroborar la incapacidad técnica y la falta de voluntad política en investigar los asesinatos de los sindicalistas. La gran mayoría de los casos no avanza y cuando registran novedades, se trata en general de absoluciones o cierres de investigaciones ignorando el vínculo sindical. Lamentó que a cuatro años de firmada la Hoja de ruta, programada para cumplirse en un año, los avances son escasos y poco sustantivos. No se ha producido un cambio significativo en la situación de la libertad sindical y de la negociación colectiva. Se conforman comisiones, mesas de trabajo y espacios similares en los que a pesar de que los sindicalistas ponen su mejor voluntad, no hay cambios sustantivos. Aún siguen pendientes los ajustes legales recomendados por la Comisión de Expertos. La propuesta de ley que ha hecho el Gobierno, no sólo no cumple con las recomendaciones, sino que en algunos puntos, implica retrocesos en materia de libertad sindical. Se aprobó una reforma del Código del Trabajo sobre las facultades de los inspectores del trabajo para aplicar sanciones a los incumplidores de la legislación laboral, pero en el último momento, los diputados incluyeron una disposición que impide el ingreso de los inspectores en buena parte de los centros de trabajo del país. Por último, tras reiterar el compromiso de los trabajadores para realizar todas las aportaciones a su alcance para hacer cumplir la Hoja de ruta y, en general, los derechos de las personas que trabajan y de las organizaciones sindicales, solicitó a la Comisión que reclame al Gobierno acciones concretas para garantizar los derechos previstos en el Convenio e insistió en la necesidad de establecer una comisión de encuesta.

El miembro empleador de Guatemala agradeció la información facilitada por el Gobierno, y celebró el hecho de que la delegación gubernamental esté integrada por todos los poderes del Estado y los funcionarios públicos del más alto nivel responsables del tema. Ello demuestra el compromiso del Gobierno con la OIT y sus mecanismos de control para solucionar las demandas que se vienen formulando desde hace años. Este compromiso también debe ser asumido por los interlocutores sociales. El sector empleador así lo viene haciendo desde hace muchos años, participando en los foros de diálogo social con el objetivo de dar cumplimiento a las observaciones de la Comisión de Expertos. Respecto de los derechos sindicales y las libertades civiles, tomó nota de las informaciones del Gobierno que dan cuenta de una serie de acciones para dar protección a los líderes sindicales y resolver casos de violencia en su contra. Observó que la gran mayoría de estos casos provienen de muchos años atrás, lo cual complica significativamente su resolución judicial. No obstante ello, se obtuvieron resultados que dan muestra de que no existió una persecución antisindical en Guatemala. En fecha reciente, estos hechos se dan de manera aislada y se inscriben dentro del clima de grave violencia que vive el país. Consideró poco equilibrados los comentarios de la Comisión de Expertos al decir que constatan «ausencia de progresos en las investigaciones relativas a homicidios respecto de los cuales ya se han identificado indicios de posible móvil antisindical». Segundo, respecto de los problemas de carácter legislativo, la Comisión de Expertos desde hace décadas viene pidiendo al Gobierno la discusión tripartita sobre varias normas con el objeto de adecuarlas al Convenio. Con la facilitación del Representante del Director General de OIT en Guatemala, los trabajadores y empleadores discutieron este conjunto de reformas, que afectan el Código del Trabajo, el Código Penal y la ley que regula estos derechos para los trabajadores del Estado. Se alcanzaron acuerdos importantes respecto del Código Penal y se espera lograr más acuerdos próximamente. El decreto núm. 7-2017, fruto también del diálogo social con el auspicio del Representante del Director General, resolvió el tema del poder sancionatorio de los inspectores del trabajo, que era de vieja data. Si bien el Congreso de la República no recogió en su totalidad los acuerdos obtenidos a través del diálogo social, se cuenta nuevamente con el compromiso de empleadores y de trabajadores para insistir ante ese órgano en las reformas que fueron dejadas de lado. Respecto a estas cuestiones el país avanzó como no lo había hecho nunca antes. En lo que atañe a la resolución de conflictos en materia de libertad sindical y negociación colectiva, reiteró el firme compromiso de los empleadores en la participación de foros bipartitos o tripartitos tendientes a la resolución de conflictos laborales, particularmente la Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT en materia de libertad sindical y negociación colectiva. Estaba al tanto que los resultados a la fecha no fueron totalmente satisfactorios y quizás no hubo la mejor de las voluntades de todas las partes. Es necesario evaluar de manera tripartita el funcionamiento de la Comisión mencionada para hacer más eficiente su labor, según lo recomendado por los Expertos en su informe. En cuanto al sector de maquila, indicó que la industria textil cuenta desde 1997 con un código de conducta que se basa en los convenios fundamentales del trabajo por medio del cual se han certificado en el cumplimiento de normas más de 300 empresas y beneficiado hasta la fecha a más de 250 000 trabajadores, y tal cumplimiento es verificado por compañías de auditores independientes. Asimismo, las empresas de este sector son constantemente controladas y fiscalizadas por inspectores del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, así como por auditores de cumplimiento laboral de las marcas internacionales con las cuales mantienen relaciones comerciales. Las empresas de la industria de vestuario y textiles reciben un promedio de cinco auditorías laborales anuales por cada uno de sus clientes, para lograr estar certificadas y así obtener contratos. Esto ha permitido que los derechos de los trabajadores, particularmente el de sindicalización, estén plenamente garantizados, quienes libremente pueden decidir entre asociarse o no en sindicatos. Finalmente, expresó su preocupación de que la situación bajo análisis esté dando lugar a dos mecanismos de control dentro de la OIT, lo que no obra en beneficio de la transparencia y puede perjudicar los esfuerzos de Guatemala para cumplir con los requerimientos de la OIT.

El miembro gubernamental de Panamá hablando en nombre del Grupo de los Estados de América Latina y el Caribe (GRULAC) reconoció la voluntad política del Gobierno para fomentar una cultura de cumplimiento y respeto de los derechos laborales incluyendo el de sindicalización, impulsando la generación de trabajo decente y la promoción del diálogo social en el país, en coordinación con la OIT. Alentó a que se prosigan los esfuerzos del Gobierno para acelerar los avances del cumplimiento de la Hoja de ruta y a que redoble sus esfuerzos por esclarecer los hechos ocurridos en contra de dirigentes sindicales y así proporcionar las garantías necesarias para proteger la libertad sindical. En el marco de la reunión del Consejo de Administración de la OIT en marzo de 2017, el GRULAC había tomado nota de las acciones tomadas por el nuevo Gobierno para avanzar en el cumplimiento de la Hoja de ruta y había apoyado el punto de decisión aprobado por el Consejo de Administración. El GRULAC exhortó a todos los sectores para continuar trabajando de forma conjunta y de manera constructiva en la implementación de las medidas adoptadas y otras futuras que se acuerden tripartitamente, valiéndose del diálogo social y participando activamente en el mismo, con vistas a lograr soluciones duraderas y la plena aplicación del Convenio en el país. El GRULAC reiteró su compromiso con los derechos fundamentales en el trabajo, en especial la libertad sindical y la negociación colectiva. Respaldando la asistencia técnica del Representante Especial del Director General de la OIT en Guatemala, y su importancia para la implementación plena de la Hoja de ruta, solicitó a la Oficina que continuara prestándola. Finalmente, el GRULAC reiteró su preocupación por la utilización simultánea de mecanismos de control para tratar las mismas alegaciones relativas a un país que ya está bajo consideración del Consejo de Administración. La innecesaria duplicación de mecanismos puede llegar a debilitar el funcionamiento de los órganos de control de la OIT. Guatemala ha demostrado voluntad política para mejorar su sistema de relaciones laborales y prever un futuro mejor para el ejercicio de los derechos fundamentales en el trabajo. Consideró que el fortalecimiento del diálogo social y de la confianza mutua entre los interlocutores sociales y el Gobierno, con el respaldo de la OIT y de las organizaciones internacionales de empleadores y de trabajadores, son elementos muy valiosos para continuar asistiendo a un país que coopera con los mecanismos de control de la OIT. Instó a que se valoren objetivamente los avances alcanzados por el Gobierno, esperando que este caso pueda ser cerrado pronto.

El miembro gubernamental de Malta, hablando en nombre de la Unión Europea (UE) y de sus Estados miembros, así como de Albania, Bosnia y Herzegovina y Montenegro, recordó el compromiso contraído por Guatemala en virtud del pilar comercial del Acuerdo de Asociación UE-América Central de aplicar de manera efectiva los convenios fundamentales de la OIT. Este caso hace referencia a alegaciones muy graves de vulneración de la libertad sindical que el Consejo de Administración está examinando detenidamente con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 26 de la Constitución. El orador reiteró la necesidad de evitar al máximo la duplicación de los procesamientos y los esfuerzos. En aras de la coherencia, recordó la opinión expresada por los miembros gubernamentales en la última reunión del Consejo de Administración, celebrada en marzo de 2017. Así pues, éstos: 1) reconocieron el compromiso del Gobierno de garantizar el respeto del Estado de derecho en el país y su creciente compromiso con la OIT, así como los avances realizados en cuanto al diálogo social a raíz de la reciente adopción de una nueva ley sobre la facultad de la inspección del trabajo para imponer sanciones; 2) reiteraron su petición de que se adopte, antes de la reunión de noviembre de 2017 del Consejo de Administración y tras la celebración de consultas exhaustivas con los interlocutores sociales, una nueva ley sobre la libertad sindical y el derecho de sindicación que esté plenamente en conformidad con el Convenio, y 3) expresaron la esperanza de que se realicen progresos rápidos, concretos y sustanciales en relación con la Hoja de ruta y de que se investiguen los asesinatos de dirigentes sindicales, se refuercen los mecanismos de prevención y protección, se cumplan las órdenes de reintegración y se lleven a cabo campañas de sensibilización.

Un observador en representación de la Internacional de los Servicios Públicos destacó que las violaciones a la libertad sindical en Guatemala no se limitan a la obstaculización de las actividades de los dirigentes sindicales, sino que, además, existe una gravísima injerencia del Estado en la autonomía de las organizaciones sindicales, violando de ese modo el Convenio. Dicha injerencia ha llegado a su punto máximo a través de la judicialización de los pactos colectivos firmados libremente por las organizaciones sindicales y el Estado en su rol de empleador. Se ha denunciado penalmente a dirigentes sindicales por participar en los procesos que esas negociaciones han conllevado. La campaña pública de desprestigio y estigmatización en contra del sindicalismo que se ha profundizado debe cesar de manera inmediata. El Estado debe jugar su rol de promoción y desarrollo de la libertad sindical. Consideró que el Estado ha quedado, en esta materia, al servicio de las cámaras empresariales que elaboran la estrategia legal para la Procuraduría General de la Nación. La OIT debe exigir al Estado de Guatemala que cese de manera inmediata sus actos de injerencia y persecución de los dirigentes sindicales. La violación a la libertad sindical llega a tal punto que todos los dirigentes están siendo judicializados con resoluciones judiciales que amparan a ministerios e instituciones para que se penalice la acción sindical y se irrespete los acuerdos alcanzados. Asimismo, los pactos en el sector público están siendo objeto de tardanza de homologación por parte del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Denunció también la destitución de dirigentes en el sector público con el objeto de intimidar a los trabajadores y disolver los sindicatos. Consideró que Guatemala necesita urgentemente una comisión de encuesta antes de que todos los dirigentes terminen condenados penalmente por ejercer sus derechos, o peor aún que sean asesinados en total impunidad. Esto deriva de la cultura del odio que los medios de prensa antisindicales se han encargado de difundir en contra de la acción social y sindical. Recordó que el diálogo es la vía para resolver estos temas.

La miembro gubernamental de Suiza indicó que su país apoya la declaración pronunciada en nombre de la UE. Unas relaciones de trabajo sólidas y duraderas, basadas en el diálogo social y la confianza, constituyen uno de los factores clave para el desarrollo sostenible. Suiza apoya las recomendaciones de la Comisión de Expertos y las conclusiones del Consejo de Administración. Instó al Gobierno y a los interlocutores sociales a poner en práctica sin demora todos los elementos de la Hoja de ruta. La persistencia de los actos de violencia y acoso contra sindicalistas, así como la impunidad de los autores, es preocupante. Cabe esperar que los procesamientos en curso se lleven a cabo debidamente y se impongan sanciones efectivas, y que el Gobierno adopte con celeridad una legislación conforme al Convenio. Por último, Suiza alienta a Guatemala a que prosiga sus esfuerzos para promover el diálogo social en el clima de confianza necesario a tal efecto. La oradora acogió con agrado la cooperación con la OIT a este respecto.

El miembro trabajador de España, hablando en nombre de las organizaciones sindicales españolas Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CCOO), así como de las organizaciones de trabajadores de Alemania, Bélgica, Francia, Italia, Noruega y Suecia, expresó su solidaridad con todos aquellos sindicalistas, y ciudadanos en general, que ponen en juego su integridad física e incluso su vida por defender los derechos humanos y los derechos fundamentales del trabajo, en especial en Guatemala, donde al menos 84 sindicalistas fueron víctimas de la represión sindical y la impunidad de ésta en el país. Indicó que tanto la Comisión de Expertos, como el Comité de Libertad Sindical y esta Comisión, han examinado las denuncias por graves violaciones de este Convenio en Guatemala y han instado al Gobierno a adoptar las medidas necesarias en la legislación y en la práctica con miras a corregir dichas violaciones. Refiriéndose a las solicitudes de la Comisión de Expertos en su observación, señaló que la respuesta del Gobierno a estos requerimientos ha sido insuficiente y que éste se encuentra lejos de revertir la situación de grave incumplimiento de este Convenio, así como del Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98). En este sentido, lamentó que en Guatemala se sigan produciendo agresiones físicas, amenazas y asesinatos de sindicalistas, y que continúa sin existir una tutela judicial que permita investigar de manera efectiva tales conductas delictivas. Afirmó que el Gobierno continúa obstaculizando la inscripción y registro de organizaciones sindicales, la ejecución de las sentencias sobre despidos antisindicales y el desarrollo de la negociación colectiva. El Gobierno además pretende llevar a cabo una reforma del Código Penal para criminalizar el ejercicio pacífico del derecho a la huelga. Con base a tales hechos, solicitó a la Comisión que invite al Consejo de Administración a nombrar una comisión de encuesta encargada de examinar la no aplicación del Convenio por parte del Gobierno de Guatemala.

El miembro gubernamental de Honduras reconoció las continuas muestras de voluntad política del Gobierno para fomentar el cumplimiento y respeto de los derechos laborales, incluyendo el de sindicalización y le alentó a que redoble sus esfuerzos para esclarecer los hechos ocurridos en contra de dirigentes sindicales y proporcionar así las garantías necesarias para proteger la libertad sindical. Recordó la importancia del diálogo tripartito y solicitó a las partes que continúen trabajando de forma conjunta y de manera constructiva, con vistas a lograr soluciones duraderas y la plena aplicación del Convenio en el país.

El miembro trabajador de los Estados Unidos, haciendo uso de la palabra también en nombre del Congreso del Trabajo del Canadá (CLS) y de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), se refirió a las menciones cada vez más numerosas de las normas de la OIT en los acuerdos comerciales. A menudo los gobiernos incluyen compromisos relativos al respeto de los convenios de la OIT que esta Comisión supervisa. Debemos señalar que el aumento de citaciones de los convenios de la OIT en tales acuerdos está acompañado del completo fracaso de los gobiernos para usar esas normas a fin de proteger la libertad sindical en el contexto del comercio internacional. Entre dichos gobiernos se cuentan Guatemala y Estados Unidos. En particular, al Acuerdo de Libre Comercio de la República Dominicana (CAFTA-DR), que exige que las partes protejan la libertad sindical. Si bien el Gobierno de Guatemala ha incumplido de manera sistemática el Convenio, el país continúa obteniendo beneficios comerciales. Se han esgrimido argumentos ante el órgano de arbitraje del CAFTA-DR que afectan casi en su totalidad a la aplicación del Convenio por Guatemala. Los resultados de la solución de conflictos aún no se han hecho públicos, a pesar de que han transcurrido más de nueve años desde que los trabajadores presentaran su petición. La Comisión de Aplicación de Normas también se mostró sumamente preocupada en relación con el presente caso, que es también objeto de examen por parte del Comité de Libertad Sindical y del procedimiento previsto en el artículo 26. Desde 2007, los trabajadores que han presentado queja han documentado las violaciones al Convenio núm. 87 y actualizado los casos anualmente mostrando así que el Gobierno no ha tomado medidas en los últimos diez años a pesar de las pruebas de que se han ofrecido sobornos a los dirigentes sindicales para que abandonen sus puestos de trabajo y convenzan a los trabajadores de que no se afilien a los sindicatos, y de que se ha despedido a trabajadores por motivo de su afiliación a sindicatos o por no disolver sindicatos. El Gobierno no investiga, no emprende acciones judiciales y no castiga a los empleadores que violan la libertad sindical. Sigue habiendo nuevos casos de violaciones, incluyendo casos de despido de dirigentes sindicales y afiliados. En 2015, un empleador con 1 200 trabajadores se negó a negociar con el sindicato elegido libremente por más del 66 por ciento de la fuerza de trabajo y firmó un convenio con otro grupo que representaba a menos del 3 por ciento de los trabajadores. Un ejemplo más entre muchos: desde julio de 2016, con la formación de un sindicato en el sector de la alimentación, un empleador ha despedido a 150 dirigentes y miembros del sindicato. Hay una orden judicial contra un empleador específico, para que reintegre a los trabajadores pero en alrededor de 2 200 casos no se han aplicado dichas órdenes ni asegurado su cumplimiento, incluidos casos de despido de dirigentes y afiliados sindicales.

El miembro trabajador de Colombia señaló que en Guatemala los asesinatos de afiliados o dirigentes sindicales no son penalizados de manera efectiva ni tampoco evitados. La impunidad es imperante. En 2016, la Comisión recomendó al Gobierno investigar todos los actos de violencia contra dirigentes sindicales y sindicalistas, pero la mayoría de los casos aún no cuenta con sentencia o se atribuye a causas ajenas al sindicalismo. También en 2016, la Comisión le pidió presentar un proyecto de ley que adecuara la legislación de Guatemala a lo dicho por los órganos de control de la OIT, pero el Gobierno si bien reitera su «compromiso» de adecuación normativa, hace de manera reiterada caso omiso a tal responsabilidad, manteniendo en sus legislaciones internas, obstáculos a la libertad sindical así como disposiciones contrarias al Convenio. Tras reiterar la solidaridad de los trabajadores colombianos con los trabajadores guatemaltecos, el orador sugirió a la Comisión requerir del Gobierno que brinde más y mejor protección a los dirigentes sindicales, y que tome las medidas necesarias para investigar los crímenes cometidos contra sindicalistas, revelar el verdadero ánimo que éstos han revestido, y penalizar a los autores materiales e intelectuales con penas ejemplarizantes.

El miembro gubernamental de los Estados Unidos felicitó al Gobierno por la promulgación de la legislación que restituye al Ministerio de Trabajo y Previsión Social la facultad para imponer sanciones. Se trata de un avance importante para responder a las profundas preocupaciones expresadas en relación con la efectividad de las inspecciones de trabajo. El siguiente paso será velar por la aplicación efectiva de la legislación. Instó al Gobierno a que asigne más recursos a la inspección del trabajo para garantizar que se lleven a cabo inspecciones suficientes y efectivas en todo el país. Instó además al Ministerio a que promulgue con carácter urgente protocolos de inspección complementarios que proporcionen directrices específicas a los investigadores para que examinen las quejas relacionadas con la libertad sindical y la negociación colectiva y se aseguren de que se rectifiquen dichas violaciones. Además, exhortó al Gobierno a que mejore el cumplimiento de las sentencias judiciales de los tribunales del trabajo. En las conclusiones de los órganos de control de la OIT se documentan claramente otras cuestiones relativas a la libertad sindical que suscitan inquietud. El orador expresó su esperanza de que se promulgue en breve y aplique efectivamente un proyecto de ley tripartito, elaborado tras celebrar consultas con la OIT, que tenga en cuenta todas las recomendaciones formuladas por la Comisión. Confiaba asimismo en que el Gobierno, en consulta con los sindicatos y la OIT, aborde la cuestión de las demoras que se producen en el registro de sindicatos. Persiste la discriminación antisindical, en particular en el sector de las maquilas, en el que no existen medidas específicas para tratar los derechos sindicales. Instó al Ministerio de Trabajo y Previsión Social a que colabore mano a mano con el Ministerio de Economía, la Administración Fiscal y el Instituto de Seguridad Social, a fin de elaborar y poner en práctica estrategias encaminadas a proteger los derechos de libertad sindical y de negociación colectiva en este sector, incluidas inspecciones conjuntas y la aplicación de la legislación vigente que exige la supresión de los beneficios del Gobierno en casos de incumplimiento. Por último, el orador indicó que sigue preocupado por los bajos índices de condenas en casos de sindicalistas asesinados. Alentó a que se apliquen efectivamente los instrumentos existentes orientados a mejorar las investigaciones penales, y a que haya un mayor intercambio de información entre los sindicatos y los órganos de investigación.

Un observador en representación de IndustriALL Global Union observó con preocupación la incapacidad del Gobierno para hacer cumplir el Convenio y el aumento de violencia antisindical en el país. Hizo notar que, según el reciente índice global de los derechos que la Confederación Sindical Internacional (CSI) publicó, Guatemala figura entre los diez peores países para los trabajadores, en donde los sindicalistas son hostigados, amenazados, sujetos a violencia física, persecuciones e inclusive asesinados, simplemente por querer ejercer su derecho de libertad sindical. Una organización afiliada a la Federación Sindical de Trabajadores de la Alimentación Agro-Industria y Similares de Guatemala (FESTRAS) denunció violaciones cometidas por empresas hacia dos sindicatos, sin que el Gobierno haya actuado. En el caso de un sindicato del sector textil legalmente constituido, éste encuentra resistencia para lograr su pleno funcionamiento y poder ejercer su derecho de negociar colectivamente. Sus miembros y dirigentes son hostigados diariamente sin que el Ministerio del Trabajo intervenga. Otro sindicato, después de cinco años de su constitución, sigue siendo víctima del despido de sus dirigentes y hostigamiento. A pesar de todas las victorias en los tribunales que respaldaron su derecho de existencia, la empresa sigue negándose a negociar un convenio colectivo con el sindicato. Solicitó a la Comisión una clara e inequívoca recomendación para que el Gobierno tome las medidas necesarias para garantizar que las empresas operando en el país cumplan plenamente con los convenios ratificados, respetando los derechos de todos los trabajadores.

El miembro empleador de Chile subrayó que, como en 2016, la Comisión analiza el cumplimiento por parte de Guatemala del Convenio y que de la lectura de las conclusiones formuladas por dicha Comisión, así como de los últimos comentarios de la Comisión de Expertos, se desprende que es un caso de franco progreso. Destacó la información suministrada por el Gobierno respecto del decreto núm. 7-2017 que establece un procedimiento de inspección destinado a sancionar los incumplimientos laborales y fomentar una cultura de cumplimiento de los derechos y obligaciones laborales. La Comisión de Expertos ha observado con interés el contenido del proyecto de ley núm. 5199, sometido por el Gobierno al Congreso de la República el 27 de octubre de 2016, reconociendo que el mismo recoge parte sustantiva de las observaciones históricas de dicha Comisión. En relación con los comentarios de la Comisión de Expertos sobre graves actos de violencia contra dirigentes sindicales y sindicalistas, destacó lo mencionado por el CACIF en esta misma instancia, en 2016, en cuanto a que, sin desmerecer las denuncias de violencia de los dirigentes sindicales, el clima general de violencia afecta a todo el país, por lo que es necesario mejorar cuanto antes la celeridad y eficiencia en la aplicación de justicia. Lo expuesto es de especial relevancia porque la información oficial proporcionada por el Ministerio Público indica que los tribunales excluyen en sus sentencias, como móvil de las muertes violentas, la actividad sindical o la defensa de los derechos laborales de las víctimas. Para el empresariado guatemalteco resulta fundamental que el Estado garantice la paz social, la protección y respeto de los derechos fundamentales de todos sus ciudadanos, y muy en especial del derecho a la vida. Pese a lo expuesto, se observa con preocupación que la Comisión de Expertos inste al Gobierno a crear tribunales especiales para tratar con mayor rapidez los crímenes y delitos en contra de los miembros del movimiento sindical, porque, de ser adoptada, dicha propuesta podría terminar generando tratos especiales y diferenciados para un grupo de la población, en circunstancias en que los datos oficiales no dan cuenta de que los crímenes y delitos cometidos en contra de sindicalistas se deban a las actividades que realizan. Asimismo, afirmó que es muy delicado que la Comisión de Expertos estire en extremo su mandato en el marco del Convenio, proponiendo la creación de tribunales especializados con competencias penales. Por último, concluyó esperando que el país persevere en sus esfuerzos por agilizar la aplicación de una justicia eficiente y oportuna que proteja a todos sus ciudadanos, con independencia de la actividad que realicen, velando a su vez por el debido respeto de la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación.

Un miembro gubernamental de Panamá adhirió a la declaración del GRULAC y respaldó la información presentada por escrito por el Gobierno. Destacó la gestión del Gobierno así como de las autoridades de los tres poderes del Estado para alcanzar avances requeridos por los actores sociales del país. Asimismo, exhortó al Gobierno a que se alcancen progresos para proteger la libertad sindical por ser ésta sinónimo de paz laboral.

El miembro trabajador de Burkina Faso sostuvo que en Guatemala las violaciones de la libertad sindical han provocado la muerte de decenas de personas y subrayó que toda violación de los derechos humanos es condenable, con independencia del país en que se produzca. Conviene honrar la memoria de todos los hombres y mujeres que mueren, cada día, en defensa de la libertad, la integridad y la dignidad humana. Estas personas se encuentran tanto en las organizaciones de trabajadores como en las organizaciones de empleadores, al igual que en los gobiernos. Al tiempo que invitó al Gobierno a respetar estrictamente las normas, instó a la Comisión a asegurar que la OIT sea una instancia creíble en su manera de abordar las cuestiones y que sus palabras se traduzcan en actos.

El miembro empleador de Honduras recibió con agrado la información facilitada por el Gobierno en atención a pedidos que la OIT viene haciendo desde hace muchos años. Le complació la información relativa a las propuestas de reforma al Código del Trabajo, éstas fortalecerán el derecho de asociación y serán indudablemente un instrumento de paz social. Apoyó las observaciones remitidas por el CACIF a la Comisión de Expertos. Resaltó el trabajo realizado por el Representante Especial del Director General de la OIT en Guatemala en seguimiento al Memorándum de Entendimiento suscrito en 2013 y a la Hoja de ruta. Constató que en la actualidad las investigaciones penales se realizan con mayor celeridad y determinación y observó que, de la información facilitada por la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala, se desprende la ausencia de un clima de violencia antisindical. Concluyó opinando que la OIT debería constatar los avances significativos realizados, por medio del fortalecimiento institucional y del diálogo social.

La representante gubernamental destacó que en relación al fortalecimiento de los mecanismos de protección a sindicalistas se ha incrementado el presupuesto en casi 400 millones de quetzales, se han fortalecido los espacios de coordinación y comunicación con los trabajadores y se ha iniciado un proceso para fortalecer la Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT en materia de la libertad sindical y negociación colectiva. Manifestó que la integración de ex fiscales del Ministerio Público al equipo del Ministerio de Gobernación y el uso de nuevas tecnologías y herramientas de investigación, ha permitido agilizar el esclarecimiento de actos de violencia. Destacó que en 2016 y 2017 se han inscrito más sindicatos que en años anteriores, y que se ha generado un espacio de diálogo, en el cual se ha acordado una serie de temas a tratar, entre los que se encuentra la reforma del procedimiento de inscripción sindical, tema propuesto por organizaciones sindicales. Al mismo tiempo, recordó que Guatemala cuenta con normas para la inscripción de sindicatos con requisitos específicos que deben cumplirse para que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social proceda a su reconocimiento. Expresó su satisfacción por el hecho de que la Comisión de Expertos haya observado con interés el proyecto de ley núm. 5199 sometido al Congreso de la República el 27 de octubre de 2016, porque recoge la mayor parte de las anteriores observaciones de dicha Comisión. Ratificó el respaldo al diálogo social y manifestó que está en plena disposición de participar en las discusiones que sean requeridas por los mandantes. Debe tomarse en consideración que el Congreso de la República ha fijado fechas específicas para recibir los acuerdos luego de haber transcurrido ocho meses, durante los cuales el Congreso otorgó varias prórrogas, solicitadas por empleadores y trabajadores. Debe tenerse en cuenta además que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social había concedido en 2016 más de diez meses para que se pronunciaran al respecto. El Gobierno lamentó haber recibido una comunicación de los trabajadores en la que indicaban que no participarían en el proceso de elaboración de la propuesta de ley. No obstante lo anterior, expresó su confianza en que dicho proyecto de ley sea aprobado en la mayor brevedad posible, y que éste incluya los elementos señalados por la Comisión de Expertos. En relación a los pactos colectivos en el sector público, subrayó que la administración y el control de la calidad del gasto son una prioridad para el Gobierno y que, en lugar de limitar la negociación colectiva, se busca que los recursos públicos provenientes de los impuestos de la ciudadanía, sean considerados previamente a la negociación y bajo medidas presupuestarias racionales y transparentes. Reiteró la preocupación y consternación por la pérdida de vidas humanas generada por la violencia en el país, incluyendo la de los sindicalistas y subrayó que se han esclarecido casos concretos en los que las víctimas eran sindicalistas y en los que se determinó, con pruebas científicas, que no hubo móvil sindical. Concluyó reiterando la disposición, voluntad y compromiso del Gobierno e invitó a seguir dialogando de manera transparente, con honestidad y con la verdad.

Los miembros empleadores agradecieron al Gobierno las detalladas explicaciones y valoraron positivamente las actuaciones que viene realizando el Gobierno para lograr mejoras en relación con los asuntos tratados. Se refirieron al informe presentado en marzo de 2017 por el Representante del Director General en Guatemala al Consejo de Administración, destacando la manera en la que se están involucrando los interlocutores sociales. Respecto de los nueve indicadores fijados como base del seguimiento de la Hoja de ruta, recordaron que la Comisión tripartita de asuntos internacionales de trabajo está trabajando con el fin de identificar problemas y buscar soluciones conjuntamente con los interlocutores sociales y manifestaron el deseo de que estas revisiones sigan realizándose con regularidad. De igual manera, destacaron que en marzo de 2017 el Presidente de la República había mantenido una reunión con los trabajadores y los empleadores con el objeto de establecer una línea de acción para continuar con el proceso de puesta en aplicación de la Hoja de ruta y expresaron el deseo de que el Presidente siguiese vinculado a estos efectos. La Comisión de Trabajo del Congreso ha prestado apoyo a los parlamentarios en su conjunto para sensibilizarlos en los principios y derechos fundamentales del trabajo. También se han realizado campañas de sensibilización a la libertad sindical con los empleadores y éstas se han extendido a distintos sectores para dar salida a los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Asimismo, se han celebrado tres reuniones con periodistas, columnistas y formadores de opinión. En lo que se refiere a los organismos judiciales, se han producido acercamientos para hacer un reglamento de tribunales de trabajo y previsión social así como un reglamento de cumplimiento de sentencias y, se aspira a tener, con la Corte Suprema de Justicia, un desarrollo sobre el Código Procesal Laboral. Destacaron asimismo los acuerdos bipartitos llevados a cabo por los interlocutores sociales y subrayaron la importancia de que el Gobierno acoja estos acuerdos y les dé fuerza para que se siga profundizando en el entendimiento entre los interlocutores sociales. Señalaron algunas acciones que deben llevarse a cabo con urgencia, como una mayor investigación, esclarecimiento y condena por los homicidios contra activistas y dirigentes sindicales, el aumento significativo del porcentaje de sentencias de readmisión, la inscripción de organizaciones sindicales, la utilización de la Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT en materia de libertad sindical y negociación colectiva de la mejor manera y, por último, la ampliación de la campaña masiva de sensibilización. En marzo de 2017, el Consejo de Administración pidió que se mantuviera un diálogo social constructivo para darle plena aplicación a la Hoja de ruta. Este lineamiento debe ser recogido por esta Comisión que debe integrarlo también como conclusión. También debería incluirse en las conclusiones el respaldo del diálogo entre los interlocutores sociales tanto a nivel nacional como a nivel internacional y la promulgación lo más pronto posible de los proyectos de ley en curso. En cuanto a la libertad sindical y las libertades civiles, consideraron que falta profundizar en relación con las causas de la violencia, incluso por parte de la Comisión de Expertos dado que al parecer no existe una motivación sindical. En materia legislativa, reafirmaron que los asuntos referidos a la huelga no deben ser incorporados a las conclusiones de la Comisión y que el Gobierno no tiene obligación de atenderlos. En relación al registro de las organizaciones sindicales, manifestaron que las propias organizaciones sindicales deben tener responsabilidades y compromisos constructivos en el diálogo con el Gobierno para lograr avances en el registro ya que los trabajadores han rechazado específicamente propuestas del Gobierno en relación con la mejora del sistema de registro. Por ello, solicitaron que los trabajadores participen en la elaboración de una propuesta conjunta para hacer mejoras al sistema de registros en Guatemala. En cuanto a los mecanismos de resolución de conflictos en materia de libertad sindical, consideraron que le corresponde al Gobierno determinar las modalidades de los mismos. En cuanto a la campaña para fortalecer la libertad de asociación y la negociación colectiva, también consideraron que corresponde igualmente al Gobierno fijar las modalidades de su implementación. Respecto de las maquilas, consideraron que no existen elementos concretos sobre la forma en la que se está infringiendo el Convenio y que este tema debía considerarse resuelto. En efecto, se han realizado muchas actividades en el marco de los códigos de conducta existentes en el sector. Además, las acciones específicas de carácter sectorial no entran dentro del marco del Convenio. Asimismo, el número de sindicatos existentes en un sector no puede ser un indicador único ya que la libertad de asociación es positiva y negativa. Por último, reiteraron que este caso debe ser manejado ante el Comité de Libertad Sindical en el caso núm. 2609 y ante el Consejo de Administración.

Los miembros trabajadores señalaron con preocupación que, a pesar de algunos logros aislados, en Guatemala no se han observado progresos suficientes. El Gobierno no ha aplicado las conclusiones adoptadas en 2016 por la Comisión, incluidas las relacionadas con la necesidad de investigar la violencia motivada por las actividades sindicales de las víctimas y de castigar a los autores. Es evidente que no se han asignado suficientes recursos humanos y financieros a la Unidad Fiscal Especial de Delitos contra Sindicalistas de la Fiscalía de Derechos Humanos del Ministerio Público. Si no se dispone de recursos, es improbable que pueda ponerse en práctica el protocolo de implementación de medidas de seguridad inmediatas y preventivas en favor de los miembros del movimiento sindical. En cuanto a los cambios legislativos, el proyecto de ley más reciente sometido al Congreso para poner la legislación en conformidad con el Convenio no resuelve del todo las cuestiones planteadas por la Comisión de Expertos. La Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT en materia de libertad sindical y negociación colectiva no ha podido funcionar plenamente. El Ministerio de Trabajo y Previsión Social ha introducido nuevos obstáculos para el registro de sindicatos. Los niveles de incumplimiento de las órdenes judiciales para los casos de despidos antisindicales son inaceptables. No ha habido hasta el momento ninguna intención de llegar a la sociedad guatemalteca en general a través de los medios de comunicación. Por el contrario, el Gobierno ha atacado algunos acuerdos de negociación colectiva del sector público. El Gobierno está estigmatizando a los sindicatos de este sector como si estuvieran actuando en contra del interés nacional. Por tanto, los miembros trabajadores instaron al Gobierno a que: 1) continúe facilitando protección rápida y efectiva a todos los dirigentes y afiliados sindicales que están en situación de riesgo y redoble sus esfuerzos para combatir la impunidad, velando por que se proporcione a la Unidad Fiscal Especial de Delitos contra Sindicalistas de la Fiscalía de Derechos Humanos del Ministerio Público los recursos financieros y humanos apropiados; 2) con la asistencia de la OIT y en consulta con los interlocutores sociales, revise el proyecto de ley sometido al Congreso para poner la legislación en conformidad con el Convenio; 3) lleve a cabo, en consulta con los interlocutores sociales, una evaluación del mandato y el funcionamiento de la Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT en materia de libertad sindical y negociación colectiva, e incluya en este proceso un examen de la complementariedad entre esta Comisión y los mecanismos judiciales para la protección de la libertad sindical en el país, junto con un análisis de su eficacia; 4) elimine los diversos obstáculos legislativos a la libertad de crear sindicatos y, en consulta con los interlocutores sociales, y con el apoyo del Representante Especial del Director General en Guatemala, revise el procedimiento de tramitación de las solicitudes de registro, y 5) difunda en los medios de comunicación la campaña de sensibilización acerca de la libertad sindical y deje inmediatamente de estigmatizar y denigrar, en los medios de comunicación, los convenios colectivos vigentes en el sector público.

Conclusiones

La Comisión tomó nota de las declaraciones orales formuladas por la representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar a continuación.

La Comisión tomó nota de las persistentes alegaciones de actos de violencia antisindical, incluidas agresiones físicas y asesinatos, y de los insuficientes progresos realizados para combatir la impunidad.

A la luz de la discusión, la Comisión pidió al Gobierno de Guatemala que:

- continúe investigando, con la participación del Ministerio Público, todos los actos de violencia perpetrados contra dirigentes sindicales y sindicalistas, a fin de determinar y comprender las causas profundas de la violencia, entender si las actividades sindicales la motivan, establecer las responsabilidades y castigar a los autores;

- siga fortaleciendo el funcionamiento de la Comisión de Resolución de Conflictos, también en relación con la complementariedad entre la Comisión de Resolución de Conflictos y los mecanismos judiciales para la protección de la libertad sindical;

- elimine los diversos obstáculos legislativos para el libre establecimiento de organizaciones sindicales y, en consulta con los interlocutores sociales y con el apoyo del Representante Especial del Director General, revise el tratamiento de las solicitudes de registro;

- siga brindando protección rápida y efectiva a todos los dirigentes sindicales y sindicalistas que están amenazados, con el fin de asegurar que quienes gozan de protección no deban asumir personalmente ningún costo dimanante de los sistemas de protección establecidos;

- asegure el funcionamiento efectivo de la Unidad Fiscal Especial de Delitos contra Sindicalistas de la Fiscalía de Derechos Humanos del Ministerio Público, mediante la asignación de los recursos necesarios;

- dé más visibilidad a la campaña de sensibilización sobre la libertad sindical en los medios de comunicación, y asegure que no exista estigmatización de ningún tipo contra los convenios colectivos vigentes en el sector público;

- siga adoptando las medidas necesarias para aplicar plenamente la Hoja de ruta adoptada el 17 de octubre de 2013 en consulta con los interlocutores sociales, y

- continúe colaborando con el Representante Especial del Director General en Guatemala con miras a la puesta en práctica del Memorando de Entendimiento y de la Hoja de ruta.

La Comisión pidió al Gobierno de Guatemala que informe a la Comisión de Expertos, antes de su próxima reunión de noviembre de 2017, sobre los progresos realizados.

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