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Observation (CEACR) - adoptée 2022, publiée 111ème session CIT (2023)

Convention (n° 138) sur l'âge minimum, 1973 - Sao Tomé-et-Principe (Ratification: 2005)

Autre commentaire sur C138

Observation
  1. 2022

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Artículo 3, 2) del Convenio.Determinación de los trabajos peligrosos. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de la información proporcionada por el Gobierno respecto a que la lista de tipos de trabajos peligrosos que está prohibido que realicen los menores de 18 años se pondría a disposición junto con el nuevo Código del Trabajo y pidió al Gobierno que proporcionara una copia de la lista una vez que se hubiera adoptado.
La Comisión toma nota con satisfacción de que el anexo IV del Código del Trabajo núm. 6/2019 establece una lista de tipos de trabajos peligrosos prohibidos a los menores de 18 años, de conformidad con el artículo 274, 3). La lista contiene 48 actividades peligrosas en diversos sectores, como la agricultura, la ganadería y la silvicultura; la pesca; las minas y canteras; los establecimientos industriales; la producción y distribución de agua y electricidad; la construcción; el transporte y el almacenamiento; los servicios sanitarios y sociales; los servicios colectivos, sociales, personales y otros; así como cuatro tipos de trabajos perjudiciales para la moral. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre la aplicación en la práctica del artículo 274, 3) y del anexo IV del Código del Trabajo núm. 6/2019, que contiene la lista de tipos de trabajos peligrosos prohibidos a los menores de 18 años, incluyendo estadísticas sobre el número y la naturaleza de las infracciones denunciadas y las sanciones impuestas.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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