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Rapport définitif - Rapport No. 1, 1952

Cas no 35 (Hongrie) - Date de la plainte: 22-OCT. -51 - Clos

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A. A. Alegatos de los querellantes

A. A. Alegatos de los querellantes
  • Análisis de la queja
    1. 114 El Sr. J. G. Espejo, secretario general, y el Sr. F. Soto, secretario adjunto de la Confederación General del Trabajo de la República Argentina, actuando en nombre y a solicitud de miembros de origen húngaro que pertenecen a la Confederación, enviaron una comunicación con fecha 22 de octubre de 1951 al Director General, pidiendo que la O.I.T adoptara medidas para poner fin a la deportación en masa de trabajadores húngaros a Rusia, deportación que, de comprobarse, constituiría una flagrante violación de los más elementales derechos humanos.
    2. 115 El Director General refirió este caso al Comité antes de comunicarlo al Gobierno húngaro.

Recomendación del Comité

Recomendación del Comité
  1. 116. La presente solicitud se refiere a supuestas deportaciones de trabajadores. El demandante no manifiesta que esta medida se relacione con cualquier actividad sindical. Por lo tanto, es una cuestión, como los autores de la queja misma subrayan, de un caso de supuesta violación de derechos humanos y no de libertad sindical.
  2. 117. En estas circunstancias, no parece conveniente transmitir la comunicación al Gobierno húngaro, de conformidad con el procedimiento para casos relativos a la libertad sindical. A este respecto, se recordará que ya se ha enviado al Gobierno húngaro otra comunicación que alega violación de derechos sindicales, presentada por la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres. Por otra parte, parecería apropiado que el Consejo de Administración pusiera esta comunicación en conocimiento del Comité ad hoc sobre trabajo forzoso, creado conjuntamente por las Naciones Unidas y la Organización Internacional del Trabajo, y en tal sentido formula el Comité su recomendación.
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