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Suites données aux recommandations du comité et du Conseil d’administration - Rapport No. 309, Mars 1998

Cas no 1793 (Nigéria) - Date de la plainte: 18-AOÛT -94 - Clos

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 27. En su último examen de este caso en noviembre de 1997, el Comité no pudo sino lamentar profundamente el hecho de que desde hacía casi tres años, el Gobierno había eludido constantemente responder a los llamamientos urgentes para que se llevara a cabo una misión. El Comité añadió que se había presentado una nueva queja contra el Gobierno de Nigeria (caso núm. 1935) en la que se alega la adopción de más decretos de contenido antisindical y la detención de sindicalistas. En estas condiciones, el Comité reiteró con firmeza los llamamientos realizados al Gobierno para que indicara de manera urgente las fechas más próximas en las que una misión pudiera ser recibida y pudiera examinar la situación sindical en Nigeria (véase el 308.o informe, párrafos 53-55).
  2. 28. En una comunicación fechada el 4 de febrero de 1998, el Gobierno indicó que trasmitiría su respuesta sobre este caso el 20 de febrero de 1998. El 20 de febrero de 1998, el Gobierno envió una carta en la que indicaba que respondería el 24 de febrero de 1998. Desde entonces no se ha recibido ninguna otra información del Gobierno.
  3. 29. En estas circunstancias, el Comité debe manifestar que se siente ultrajado por la manera en que el Gobierno ha ignorado reiteradamente no sólo sus solicitudes en relación con una misión que examine la situación de los derechos sindicales en el país y que visite a los sindicalistas detenidos sin haber sido juzgados (al menos uno de ellos ha estado detenido más de tres años), sino también los posteriores llamamientos urgentes dirigidos por el Consejo de Administración a este respecto. La ligereza de que ha hecho prueba el Gobierno a este respecto no puede sino ser vista con la mayor preocupación por parte del Comité. Habida cuenta de la persistente falta de cooperación por parte del Gobierno, el Comité considera que deben tomarse otros tipos de acción que puedan hacer posible algún progreso en las gravísimas cuestiones planteadas en este caso.
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