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Suites données aux recommandations du comité et du Conseil d’administration - Rapport No. 310, Juin 1998

Cas no 1813 (Pérou) - Date de la plainte: 17-NOV. -94 - Clos

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 41. En su reunión de noviembre de 1997, el Comité quedó a la espera de nuevas observaciones del Gobierno sobre dos procesos sobre los que había solicitado que se le mantuviera informado de los resultados: 1) el proceso por delito contra la tranquilidad pública seguido contra varios trabajadores (Sres. Félix Castillo Pérez, Elí Pando Malpartida, Antonio Yupanqui Oré, José Palacios Huamanchuco, Felipe Gutiérrez Cárdenas y Julio Camacho Díaz); y 2) el proceso relativo a la muerte de dos sindicalistas (Sres. Alipio Chueca de la Cruz y Juan Marcos Donayre Cisneros) (véase 308.o informe, párrafos 59 y 60).
  2. 42. En su comunicación de 17 de febrero de 1998, el Gobierno informa que en relación con los trabajadores contra los que seguía un proceso judicial por delito contra la tranquilidad pública a raíz de los disturbios ocasionados en las oficinas de la Corporación para el Desarrollo del Callao (CORDECALLAO), la autoridad judicial ha dispuesto el archivamiento definitivo de la instrucción por extinción de la acción penal por prescripción de la misma, con lo cual no hay sanción alguna contra tales trabajadores. El Comité toma nota de estas informaciones.
  3. 43. En cuanto al proceso seguido por la muerte de los sindicalistas Alipio Chueca de la Cruz y Juan Marco Donayre Cisneros a causa de disparos realizados por el personal de seguridad de CORDECALLAO, el Gobierno informa que se determinó como implicados a tres agentes por delito de lesiones graves con muerte subsecuente y tenencia ilegal de armas de fuego. El Gobierno añade que el proceso no ha concluido y que informará al respecto. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado del resultado de este proceso.
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