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Rapport intérimaire - Rapport No. 328, Juin 2002

Cas no 2164 (Maroc) - Date de la plainte: 03-DÉC. -01 - Clos

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  1. 477. La queja objeto del presente caso figura en comunicaciones de la Confederación Democrática del Trabajo (CDT) de fechas 3 y 28 de diciembre de 2001.
  2. 478. El Gobierno envió sus observaciones por comunicación de 5 de febrero de 2002.
  3. 479. Marruecos ha ratificado el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98); en cambio, no ha ratificado el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87).

A. Alegatos de la organización querellante

A. Alegatos de la organización querellante
  1. 480. En su comunicación de fecha 3 de diciembre de 2001, la CDT explica que la Caja Nacional de Crédito agrícola (CNCA) es un establecimiento público que se rige por la ley núm. 1?60-106 de 4 de diciembre de 1961, y cuyo consejo de administración está compuesto por representantes de la administración y de los agricultores. Su vocación primordial es la financiación de la agricultura y la promoción del mundo rural. La CNCA emplea unas 3.500 personas y la CDT es el único sindicato que existe en ella. En efecto, a raíz de las elecciones sindicales de enero de 2001, se eligió una Mesa Sindical de 29 miembros, que fue reconocida por la dirección de la CNCA.
  2. 481. La CDT explica a continuación la evolución del conflicto social en la CNCA. Con fecha 6 de abril de 2001 y con motivo de la primera reunión entre el sindicato y la dirección de la CNCA, esta última propuso al parecer un proyecto de acuerdo por debajo del nivel de las reivindicaciones contenidas en el pliego de reivindicaciones, proyecto que por lo tanto no había sido aprobado por los asalariados de la CNCA. El jueves 12 de abril de 2001, el sindicato declaró la huelga. La CDT alega que desde el día siguiente (es decir, el 13 de abril) 34 agentes temporeros fueron víctimas de expulsiones o suspensiones por haber participado en la huelga de 12 de abril. Entre estos 34 agentes se contaban dos miembros de la Mesa Sindical, los Sres. Karim Rachid y Asís Youssef. Además, el Sr. Chatri Abdelkader, también miembro de la Mesa Sindical, habría sido suspendido a raíz de un expediente disciplinario totalmente inventado contra él. El 18 de abril, la Mesa Sindical anunció una huelga de 48 horas, que fue aplazada a raíz de una promesa de diálogo por parte de la dirección. Ello no obstante, la reunión que se celebró no tuvo resultados favorables porque la dirección se negó a discutir el caso de los 34 agentes expulsados y suspendidos. Tras la negativa de la dirección a negociar, se declaró una nueva huelga de 48 horas los días 13 y 14 de junio de 2001.
  3. 482. Por último, la CDT alega que a consecuencia de estas huelgas se han infringido diversas sanciones a los trabajadores en huelga, especialmente traslados abusivos de los siguientes responsables sindicales: los Sres. Kamar Bensalem, Faiçal Balafrej, Jawad El Amrani, Jamal Boudina, Ahmed Arrout, Abdessamad Mammad, Mustapha Hafidi, Mustapha Kounech, Mahjoube Ennaji, Said Benjamae, Lahcem Chkha y las Sras. Naja Mimouni y Ouafae Chmaou. La CDT afirma que su Mesa Ejecutiva y la Mesa Sindical de los trabajadores de la CNCA han desplegado esfuerzos para reanudar el diálogo con la dirección, sobre todo a través de múltiples cartas a los responsables de la CNCA y al Ministerio de Agricultura, pero sin éxito.
  4. 483. En una comunicación posterior, de fecha 28 de diciembre de 2001, la CDT indica que el Sr. Chatri Abdelkader, miembro de la Mesa Sindical que había sido objeto inicialmente de una suspensión, el 13 de abril de 2001, fue definitivamente despedido y eliminado de los directivos de la CNCA con fecha 7 de diciembre de 2001. Por otra parte, el Sr. Kamar Bensalem, secretario general de la Mesa Sindical, fue convocado el 25 de diciembre de 2001 en la comisaría de policía a raíz de una queja interpuesta por la dirección de la CNCA, en la que se le acusaba de haber declarado una huelga ilegal con pretexto de que esta huelga no había recibido el aval del Sindicato Nacional de Banca (SNB).

B. Respuesta del Gobierno

B. Respuesta del Gobierno
  1. 484. En su comunicación de 5 de febrero de 2002, el Gobierno remitió la respuesta de la Caja Nacional de Crédito Agrícola en relación con la queja de la CDT. En primer lugar, los representantes de la CNCA indican que todas las decisiones adoptadas por esta última están de conformidad con las leyes y reglamentos en vigor, y se extrañan de los alegatos de la organización querellante. La CNCA afirma que se le pide dialogar con unos pretendidos representantes del personal (los Sres. Kamer Bensalem y Faiçal Balafrej) cuando estos dos individuos han sido explícitamente excluidos por la CDT. En efecto, por comunicación de 25 de abril de 2001 de la CDT a la CNCA, la CDT precisa que «estas dos personas están fuera del Sindicato Nacional de Banca/Confederación Democrática del Trabajo (SNB/CDT), que están desprovistas de toda representatividad legal y que todo acto que de ellas dimane no compromete para nada al sindicato» (una copia de esta carta se adjunta a la respuesta del Gobierno).
  2. 485. Por otra parte, la CNCA indica que, por comunicación del 15 de mayo de 2001 dirigida a la Mesa Ejecutiva de la CDT, la misma había denunciado ya todas las actuaciones de estas personas excluidas por la CDT, y muy especialmente su decisión de declarar una huelga inmediatamente antes de iniciar la reunión con la dirección general de la CNCA, así como la de denunciar un acuerdo concluido la víspera en presencia de su secretario general. A ese respecto, la CNCA adjunta copia de una comunicación de prensa del Sindicato Nacional de Banca/CDT en el que se denuncia la convocatoria de huelga que se hace bajo membrete SNB/CDT, confirmando que su firmante, el Sr. Kamar Bensalem, no formaba ya parte del sindicato Nacional de Banca. Por último, la CNCA afirma su voluntad de proseguir el diálogo con el conjunto de los representantes del personal democráticamente elegidos, y declara que no comprende la actitud de los responsables de la CDT y este asunto.

C. Conclusiones del Comité

C. Conclusiones del Comité
  1. 486. El Comité observa que este caso se refiere a un conflicto en la Caja Nacional de Crédito Agrícola (CNCA) y concretamente a los alegatos relativos a diversas sanciones de que han sido objeto los trabajadores a raíz de una huelga, de traslados de sindicalistas y del rechazo del diálogo social. En primer lugar, el Comité lamenta observar que el Gobierno, a través de la respuesta que ha obtenido de la CNCA, se limita a enviar observaciones de carácter muy fragmentario en relación con los alegatos que se hacen en la queja.
  2. 487. El Comité observa que a raíz de las elecciones sindicales celebradas en la CNCA en enero de 2001, se eligió una Mesa Sindical de 29 miembros, que fue reconocida por la dirección de la CNCA. El Comité observa que los representantes del sindicato y de la dirección de la CNCA se reunieron por primera vez el 6 de abril de 2001 y luego, tras una huelga de 24 horas declarada el 12 de abril, las partes se reunieron de nuevo el 18 de abril. Según la organización querellante, estas reuniones no han tenido ningún resultado favorable en cuanto a las reivindicaciones presentadas. Sin embargo, el Comité observa que es difícil constatar el rechazo o la ausencia de diálogo social, puesto que las partes se han reunido dos veces para negociar en el mes de abril de 2001. Ello no obstante, el Comité recuerda la importancia que tiene (tanto para los empleadores como para los sindicatos) participar en las negociaciones con buena fe y desplegar todos los esfuerzos que haga falta para llegar a un acuerdo, puesto que para establecer y mantener una relación de confianza entre las partes se necesitan negociaciones reales y constructivas.
  3. 488. En relación con la huelga de 12 de abril de 2001, el Comité observa que, según la organización querellante, 34 agentes de la CNCA, de los que dos son miembros de la Mesa Sindical (los Sres. Karim Rachid y Aziz Youssef) han sido al parecer víctimas de expulsiones o suspensiones por haber participado en esta huelga. Además, a raíz de esta huelga y de la que tuvo lugar los días 13 y 14 de junio de 2001, la organización querellante alega que se han producido cambios de destino abusivos en relación con muchos responsables sindicales. Por otra parte, la organización querellante alega que el Sr. Chatri Abdelkade, miembro de la Mesa Sindical de la CNCA, que había sido suspendido el 13 de abril de 2001, ha sido al parecer definitivamente despedido y suprimido de la lista de ejecutivos de la CNCA. El Comité observa que ni el Gobierno ni la CNCA facilitan elementos de información en relación con todos estos alegatos. El Comité pide pues al Gobierno que remita a la mayor brevedad informaciones detalladas sobre todos los alegatos y en particular sobre las personas mencionadas por la organización querellante y que hayan sido víctimas de actos de discriminación antisindical a raíz de su participación en las huelgas de 12 de abril y de 13 y 14 de junio de 2001.
  4. 489. En cuanto al caso del Sr. Kamar Bensalem, que según la organización querellante habría sido secretario general de la CNCA, el Comité observa que este aspecto del caso parece plantear ciertos problemas. En efecto, el Comité observa que según comunicación de 25 de abril de 2001 procedente de la CDT y dirigida a la CNCA (adjunta a la respuesta del Gobierno), la CDT precisa que los Sres. Kamar Bensalem y Faiçal Balafrej no forman parte del Sindicato Nacional de Banca/CDT, que están desprovistos de toda representatividad legal y que todo acto que emane de ellos no compromete para nada al sindicato. Además, una copia de un comunicado de prensa del Sindicato Nacional de Banca/CDT (también adjunto a la respuesta del Gobierno) denuncia la convocatoria de huelga lanzada por el Sr. Kamar Bensalem y confirma que este último no forma ya parte del Sindicato Nacional de Banca/CDT. Ahora bien, en su queja, la organización querellante no hace alusión alguna a estas comunicaciones o a las consecuencias que pudiesen derivarse de ellas. En estas condiciones, el Comité pide a la organización querellante que facilite a la mayor brevedad informaciones complementarias sobre la situación de los Sres. Kamar Bensalem y Faiçal Balafrej en el seno de la SNB/CDT, puesto que estos señores parecen haber desempeñado un papel importante en el conflicto social que se ha producido en la CNCA.

Recomendación del Comité

Recomendación del Comité
  1. 490. En vista de las conclusiones provisionales que preceden, el Comité invita al Consejo de Administración a que apruebe las recomendaciones siguientes:
    • a) el Comité pide al Gobierno que envíe a la mayor brevedad informaciones detalladas sobre todos los alegatos y en particular sobre las personas mencionadas por la organización querellante y que hayan sido presuntamente víctimas de actos de discriminación antisindical a raíz de su participación en las huelgas de 12 de abril y de 13 y 14 de junio de 2001, y
    • b) el Comité pide a la organización querellante que facilite a la mayor brevedad informaciones adicionales sobre la situación de los Sres. Kamar Bensalem y Faiçal Balafrej en el seno de la SNB/CDT, puesto que parecen haber desempeñado un papel importante en el conflicto social que ha tenido lugar en la CNCA.
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