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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
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15. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de junio de 2010 [véase 357.° informe, aprobado por el Consejo de Administración en su 308.ª reunión, párrafos 165 a 229]. En esa ocasión, el Comité formuló las siguientes recomendaciones:
- a) el Comité desea en primer lugar reconocer los esfuerzos realizados por el Gobierno al momento de redactar la FWA al consultar a los interlocutores sociales con el fin de concluir un proyecto de ley que tenga como objetivo encontrar un equilibrio entre varios intereses importantes en el campo de las relaciones laborales. El Comité alienta al Gobierno a que en el marco de la revisión de la aplicación de la FWA realice el mismo tipo de consultas completas;
- b) el Comité pide al Gobierno que lo mantenga informado respecto de la aplicación práctica de las disposiciones de la FWA relativas a acuerdos individuales de flexibilidad;
- c) recordando que la Recomendación sobre los contratos colectivos, 1951 (núm. 91), pone énfasis en el papel de las organizaciones de trabajadores en tanto que parte en la negociación colectiva, y que la negociación directa entre la empresa y sus trabajadores, por encima de las organizaciones representativas cuando las mismas existen, puede en ciertos casos ir en detrimento del principio por el cual se debe estimular y fomentar la negociación colectiva entre empleadores y organizaciones de trabajadores, el Comité pide al Gobierno que garantice el respeto de este principio y que proporcione información detallada sobre la aplicación práctica del artículo 172 de la FWA, a fin de poder determinar el impacto de esta disposición en la promoción de las negociaciones entre los empleadores y las organizaciones de trabajadores;
- d) teniendo en cuenta las conclusiones alcanzadas sobre esta cuestión en casos anteriores relativos a Australia, el Comité pide al Gobierno que revise los artículos 409, 1), b), 409, 4) y 413, 2) de la FWA, mediante la celebración de amplias consultas con los interlocutores sociales interesados;
- e) el Comité pide al Gobierno que proporcione información detallada respecto de la aplicación de los artículos 409, 1), a), 409, 3), 423, 424, 426 y 431 de la FWA y que los revise, en consulta con los interlocutores sociales, con miras a su modificación, si ello resulta apropiado;
- f) el Comité pide al Gobierno que proporcione información detallada respecto de la aplicación práctica de las disposiciones contenidas en la parte 3-3, sección 8, de la FWA, referida a las votaciones de acciones autorizadas;
- g) el Comité pide al Gobierno que facilite mayores aclaraciones respecto de la aplicación de los artículos 172 y 194 de la FWA relativos a las materias negociables colectivamente y que teniendo en cuenta los principios mencionados en las conclusiones examine estos artículos, en plena consulta con los interlocutores sociales;
- h) el Comité pide al Gobierno que proporcione informaciones sobre la aplicación en la práctica del artículo 513 de la FWA, incluidas las estadísticas al respecto, a fin de permitir la evaluación de la incidencia de este artículo sobre el derecho de los representantes de los trabajadores de ingresar al lugar de trabajo.
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16. Por comunicación de fecha 5 de enero de 2011, el Gobierno toma nota de que el Comité no ha llegado a la conclusión de que la Ley de Trabajo Equitativo, 2009 (FWA) sea incompatible con los Convenios núms. 87 y 98 y de que ha elogiado al Gobierno por los esfuerzos que ha hecho por mantener consultas con los interlocutores sociales. El Gobierno estima que la posición de Comité es coherente con los comentarios formulados en 2009 por la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, que también había tomado nota con satisfacción de que la negociación colectiva a nivel de empresa había pasado a formar parte integrante del nuevo sistema de relaciones laborales, y que ya no se podían concertar convenios individuales estatutarios.
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17. El Gobierno indica que, en respuesta a las tres recomendaciones en las que el Comité pedía al Gobierno que revisara ciertos artículos de la FWA (párrafos d), e) y g)) en consulta con los interlocutores sociales, el 1.º de noviembre de 2010 inició consultas con los interlocutores sociales de Australia — la Cámara de Comercio e Industria de Australia, el Consejo de Sindicatos de Australia y el Grupo de Industrias de Australia. Además, el Gobierno declara que, en respuesta a las recomendaciones del Comité, comunica aclaraciones sobre la aplicación en la práctica de varios artículos de la FWA; estadísticas (cuando sea posible) sobre su uso desde el inicio, y la jurisprudencia correspondiente. En vista de que la FWA se encuentra todavía en las primeras etapas de su aplicación, el Gobierno indica que seguirá controlando estrictamente su aplicación y funcionamiento.
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18. En cuanto a la recomendación b) relativa a los acuerdos individuales de flexibilidad, el Gobierno indica que, mientras la FWA no prevea la concertación de convenios individuales estatutarios entre empleadores y trabajadores individuales, los convenios de empresa negociados colectivamente deberán incluir una cláusula de flexibilidad que permita que un trabajador y un empleador concierten un acuerdo individual de flexibilidad que modifique el efecto de un convenio de empresa entre el empleador y el trabajador, con el acuerdo del trabajador. El Gobierno señala que, de conformidad con la FWA, una oferta de empleo no puede estar condicionada a que una persona concierte un acuerdo individual de flexibilidad, pero los trabajadores pueden poner término a un acuerdo individual de flexibilidad por escrito con un preaviso de 28 días. El modelo de cláusula de flexibilidad que figura en el 54,7 por ciento de los convenios permite que un tal acuerdo modifique el efecto de las disposiciones relativas al período en que se realiza el trabajo; las horas extraordinarias; las sanciones, las prestaciones y las vacaciones; el 8,5 por ciento de los convenios colectivos permite concertar acuerdos individuales de flexibilidad respecto de cualquiera de las condiciones del contrato. El Gobierno añade que, como los acuerdos individuales de flexibilidad se conciertan entre empleadores y trabajadores individuales y no se presentan por separado ante el Tribunal Nacional de Relaciones en el Lugar de Trabajo Fair Work Australia, actualmente no se dispone de datos estadísticos relativos a la concertación o el uso de acuerdos individuales de flexibilidad en el marco de la FWA. Sin embargo, el artículo 653 prescribe que Fair Work Australia realice investigaciones y presente un informe cada tres años (comenzando con el período que va del 26 mayo de 2009 hasta el 25 de mayo de 2012) acerca de la medida en que se conciertan acuerdos individuales de flexibilidad en virtud de laudos actualizados y convenios de empresa, así como acerca del contenido de los acuerdos. Además, la Defensoría del Pueblo (the Fair Work Ombudsman) puede investigar las quejas presentadas a este respecto.
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19. En lo referente a la recomendación c) relativa a la capacidad de celebrar convenios colectivos sin la participación de los sindicatos (artículo 172 de la FWA), el Gobierno declara que las disposiciones de la FWA relativas a la celebración de convenios de empresa facilitan la participación de los sindicatos en las negociaciones correspondientes de conformidad con el artículo 4 del Convenio núm. 98. La Ley: i) permite en forma automática que un sindicato represente a un empleado que sea miembro del sindicato en la negociación de una propuesta de convenio, a menos que el empleado opte por designar a otra persona; ii) exige que el empleador informe a los empleados de su derecho a nombrar a un representante en la negociación y explique la situación de los sindicatos como representantes por defecto de sus miembros en la negociación; iii) permite que los empleados que no son miembros del sindicato nombren como representante en la negociación a un sindicato capaz de representar los intereses laborales de los empleados o bien puedan designar a otro representante en la negociación o designarse a sí mismos y negociar directamente con su empleador, y iv) exige que los representantes en la negociación negocien de buena fe (de lo contrario Fair Work Australia puede emitir una orden de negociación). Cuando la mayoría de los empleados quiera negociar colectivamente y su empleador se niegue a hacerlo, un sindicato que sea el representante de los empleados en la negociación puede solicitar a Fair Work Australia que adopte una decisión de apoyo a la mayoría, en cuyo caso el empleador deberá negociar con los representantes de los empleados en la negociación. El Gobierno subraya que hasta la fecha no se ha presentado ninguna queja con respecto a la aplicación de las disposiciones pertinentes ante Fair Work Australia, y considera que se están aplicando de manera efectiva.
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20. En lo que respecta a la recomendación d) relativa a la revisión de los artículos 409, l), b), 409, 4) y 413, 2) que se refieren al nivel de negociación, el Gobierno considera que los marcos de negociación colectiva y de acciones sindicales previstos en la FWA están en armonía con el principio de la negociación colectiva libre y voluntaria establecido en el artículo 4 del Convenio núm. 98, y con la opinión del Comité según la cual la determinación del nivel de negociación es una cuestión que debería depender de la voluntad de las partes. En virtud de la FWA, los trabajadores y los empleadores pueden determinar libremente el nivel en el que desean negociar. Si bien el énfasis está puesto en la negociación colectiva a nivel de la empresa, la FWA también prevé la negociación voluntaria a nivel sectorial. El Gobierno indica que entre el 1.º de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010 se presentaron 22 solicitudes de autorización de convenio único de empresa que abarcaban a dos o más empleadores, las cuales fueron todas autorizadas por Fair Work Australia, y 69 solicitudes para la autorización de un convenio multiempresa que abarcaba a dos o más empleadores, de las cuales 55 fueron concedidas; el criterio principal de aprobación fue que los empleadores accedieran voluntariamente a negociar y concertar el convenio sin coacción. El Gobierno añade que la prohibición de la acción sindical autorizada que se emprende con el objeto de apoyar la negociación de convenios multiempresa, prohibición que figura en el artículo 413, 2), está en armonía con el marco general de negociación de la FWA, en especial con el carácter voluntario de los convenios multiempresa. La FWA promueve la negociación colectiva de buena fe, pero sin imponer a las partes la obligación de llegar a un acuerdo y, específicamente, alienta a los empleadores y a los trabajadores a que negocien colectivamente, por ejemplo, tomando la decisión de apoyar a la mayoría cuando la mayoría de los empleados desean entablar negociaciones colectivas y su empleador se niega a hacerlo. Además, si bien la acción sindical emprendida en favor de un cierto tipo de negociación no está autorizada, la FWA permite que los empleadores y sus empleados (y los correspondientes representantes en la negociación) inicien discusiones, tanto en el ámbito de la empresa como del sector considerado sobre los términos y las condiciones de empleo. Además, el hecho de que se elaboren en común demandas provenientes de un gran número de lugares de trabajo no impide comprobar, llegado el caso, que un determinado representante en la negociación colectiva se propone realmente llegar a un acuerdo con el empleador.
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21. En relación con la recomendación e) relativa a la revisión de los artículos 409, 1), a), 409, 3), 423, 424, 426 y 431 de la FWA, que se refieren a la acción sindical y a la presentación de informes sobre la aplicación de estos artículos en la práctica, el Gobierno considera que las disposiciones en materia de acción sindical establecen un equilibrio justo entre el derecho de huelga de los trabajadores y la necesidad de proteger la vida y la estabilidad económica según modalidades adecuadas a las condiciones nacionales. A menos que la acción sindical pueda causar lesiones corporales o daños materiales, o la destrucción o incautación de bienes, la FWA protege a los trabajadores y sus sindicatos contra una demanda civil por daños y perjuicios relativa a dicha acción. La FWA permite que los empleadores y los trabajadores negocien y adopten medidas de protesta autorizadas en relación con una gama más amplia de cuestiones que lo que era posible cuando estaba en vigor la Ley de Relaciones en el Lugar de Trabajo anterior. Se pueden concertar convenios de empresa en virtud de la FWA, y los trabajadores tienen la posibilidad de tomar medidas reivindicativas autorizadas con el fin de apoyar o impulsar reclamaciones al respecto, o respecto de lo que razonablemente se considera ser «cuestiones autorizadas» (es decir, las cuestiones relativas a la relación entre el empleador y sus empleados, las cuestiones relativas a la relación entre el empleador y la organización o las organizaciones de trabajadores vinculadas por el convenio, las deducciones de salarios para los fines autorizados por el empleado y el funcionamiento del convenio). Es una formulación de larga data y existe una jurisprudencia sustancial sobre lo que significa. Las condiciones contrarias a la ley y las cuestiones que no inciden directamente en la relación entre el empleador y el trabajador en calidad de tales, como las cuestiones de carácter académico, político o social, están excluidas del ámbito de aplicación de los convenios de empresa y de las acciones sindicales.
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22. Por otra parte, el Gobierno indica que, en circunstancias muy limitadas (un daño económico importante para el empleador y los trabajadores en caso de acción sindical prolongada y de resolución de conflicto poco probable a corto plazo — artículo 423; de que se ponga en peligro la vida, la seguridad o la salud o el bienestar de la población o parte de ella, o de amenaza de causar un daño importante a la economía o a una parte importante de la misma — artículo 424; en caso de declaración ministerial en virtud los artículos 424 a 431; y en caso de daño importante a terceros — artículo 426), la FWA dispone que Fair Work Australia debe suspender o cancelar la acción sindical autorizada tras oír a las partes en el conflicto. Durante el período comprendido entre el 1.º de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010 se presentaron nueve solicitudes de órdenes de suspensión o terminación de acciones sindicales en virtud del artículo 423 ante Fair Work Australia, que fueron todas rechazadas; se presentaron ocho solicitudes en virtud del artículo 424 ante Fair Work Australia, del las cuales cuatro fueron concedidas; ningún ministro (inclusive en virtud de la anterior Ley de Relaciones en el Lugar de Trabajo) ha ejercido la facultad prevista en artículo 431; se presentaron cuatro solicitudes en virtud del artículo 426 ante Fair Work Australia, de las cuales dos fueron concedidas. El Gobierno tiene la firme convicción de que los umbrales establecidos para suspender o cancelar las acciones sindicales autorizadas son lo suficientemente elevados como para equilibrar los derechos de los trabajadores a llevar a cabo acciones sindicales con la responsabilidad del Gobierno de proteger la economía nacional, la seguridad, la salud o el bienestar de la población y los intereses legítimos de las demás partes afectadas. Con referencia a los párrafos 550 y 551 de la Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical, el Gobierno indica que después de la conclusión de la acción sindical autorizada prevista en los artículos 423, 424 ó 431 de la FWA, los representantes en la negociación disponen de un plazo de negociación de 21 de días (prorrogable a 42 días por Fair Work Australia) para resolver las cuestiones consideradas; si no se llega a un acuerdo, se solicitará a Fair Work Australia reunido en pleno que adopte una decisión vinculante al respecto que tenga el efecto de un convenio de empresa.
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23. En lo referente a la recomendación f) relativa a la aplicación práctica de las disposiciones contenidas en la parte 3-3, sección 8, de la FWA sobre las votaciones respecto de acciones sindicales autorizadas, el Gobierno considera que estas disposiciones son justas, funcionan según lo dispuesto en el artículo 4 del Convenio núm. 98 y en armonía con éste, y que la jurisprudencia relativa a las votaciones respecto de acciones sindicales autorizadas demuestra que los procedimientos son razonables y no impiden ni retrasan la adopción de acciones sindicales. Durante el período comprendido entre de 1.º de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010, se presentaron ante Fair Work Australia 981 solicitudes de órdenes de votación respecto de acciones sindicales autorizadas, de las cuales 794 fueron aprobadas (81 por ciento); el 85 por ciento de las quejas laborales planteadas se trataron en los dos días siguientes a su presentación. Las decisiones adoptadas hasta la fecha indican que Fair Work Australia no aplica un método demasiado técnico para tomar una decisión sobre las solicitudes de votación respecto de acciones sindicales; en lugar de rechazar las solicitudes que no son conformes a las exigencias de la FWA, ha brindado a los candidatos, según el caso, la oportunidad de modificar las solicitudes. Este enfoque práctico está en adecuación con el propósito y el espíritu de la legislación. Por otra parte, el Gobierno indica que, de conformidad con el artículo 443, 1), Fair Work Australia debe emitir una orden de votación respecto de acciones sindicales autorizadas en caso de que se haya presentado una solicitud y de que tenga la convicción de que cada solicitante ha tratado y sigue tratando realmente de llegar a un acuerdo y comunica ejemplos de jurisprudencia que ilustran cómo Fair Work Australia interpreta el significado de «tratar realmente de llegar a un acuerdo». El Gobierno añade que la FWA no exige que la mayoría de todos los trabajadores que estén comprendidos en el proyecto de convenio de empresa voten a favor de la acción sindical a fin de que se autorice la acción sindical. En cambio, en virtud del artículo 459, la ley exige que al menos el 50 por ciento de las personas que figuran en el registro electoral participen en la votación, y que más del 50 por ciento de los votos válidos se emitan en favor de la acción sindical.
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24. En lo referente a la recomendación g) en la que se solicitan aclaraciones respecto de la aplicación de los artículos 172 y 194 de la FWA relativos al contenido de los convenios de empresa y en la que se pide que se examinen estos artículos en consulta con los interlocutores sociales, el Gobierno sostiene que estas disposiciones son compatibles con el artículo 4 del Convenio núm. 98, que prevé la reglamentación de las condiciones de empleo por medio de contratos colectivos, según corresponda a las condiciones nacionales. El artículo 172 permite que se concierten convenios de empresa sobre cuestiones autorizadas, lo que comprende las cuestiones relativas a la relación entre el empleador y sus empleados, o entre un empleador y una organización de trabajadores. Si bien desde hace mucho tiempo el derecho laboral de la Commonwealth prescribe que los instrumentos de las relaciones laborales deben considerar estas cuestiones, el concepto se ha ido modificando con el tiempo a la par de la evolución de los puntos de vista y las expectativas de la comunidad. El Gobierno indica que, como lo ha reconocido el Comité, la FWA amplía el alcance del contenido del convenio colectivo en comparación con la Ley de Relaciones en el Lugar de Trabajo anterior. Los convenios de empresa pueden incluir disposiciones relativas a la deducción de las cuotas sindicales; las licencias sindicales de formación; la renegociación de los convenios; el pago en efectivo de las vacaciones anuales; las consultas con los sindicatos acerca de cambios importantes en el lugar de trabajo; y al papel de los sindicatos en el procedimiento de solución de conflictos. Entre las disposiciones que pueden considerarse en el ámbito de las cuestiones relativas a la relación entre el empleador y los trabajadores o un sindicato cabe citar: la dotación de personal; la contratación de trabajadores ocasionales y de contratistas cuando la contratación se relaciona con la seguridad en el empleo; la conversión del empleo informal en empleo permanente; las restricciones impuestas a los empleadores que solicitan contribuciones o indemnizaciones de los trabajadores en relación con lesiones corporales causadas por o a la persona en el curso del empleo; la licencia remunerada para reuniones o actividades sindicales; la promoción de la afiliación sindical, y los métodos de difusión de información sindical a los trabajadores. Por otro lado, el Gobierno declara que el contenido de los convenios de empresa no abarca las cuestiones de carácter político o social que están fuera de la esfera de las relaciones de los empleadores con sus empleados y las organizaciones representativas de los trabajadores. Entre las cuestiones consideradas ajenas a la relación entre el empleador y los trabajadores o un sindicato cabe citar: la prohibición general de contratar a trabajadores ocasionales o contratistas; la exigencia de que los empleadores hagan donaciones de carácter político o benéfico; la imposición de límites al empleador respecto de la elección de clientes o proveedores con el fin de cumplir determinadas normas relativas al empleo, al medio ambiente o la ética; la responsabilidad social de los empleadores (por ejemplo, la participación en eventos de caridad, la adhesión a iniciativas de cambio climático). Por otra parte, en virtud del artículo 194 un convenio de empresa no puede contener condiciones contrarias a la ley, como las condiciones discriminatorias (por ejemplo, condiciones que discriminen a un trabajador por motivos de raza, sexo, preferencia sexual, edad o discapacidad) y las condiciones que no sean compatibles con las disposiciones de la FWA que tiene primacía como fuente de derechos y obligaciones respecto de las cuestiones siguientes: las condiciones objetables (es decir, que requieren o permiten la contravención de las disposiciones generales de protección de la FWA o el pago de honorarios por servicios de negociación); las condiciones que confieren un derecho o indemnización por despido injustificado antes de que un trabajador haya cumplido un período mínimo de empleo como lo requiere la parte 3-2 de la FWA; las condiciones que excluyen o modifican de manera perjudicial las disposiciones de la FWA relativas al despido injustificado; las condiciones que sean incompatibles con las disposiciones de la FWA relativas a la acción sindical, o las condiciones que establezcan el derecho de ingresar en el lugar de trabajo con el fin de investigar presuntas infracciones o mantener discusiones con los trabajadores o para ejercer un derecho estatal o territorial en materia de seguridad y salud en el trabajo que no corresponda a las disposiciones de la FWA relativas al derecho de ingreso.
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25. En lo que se refiere a la recomendación h) en la que se pide información sobre la aplicación en la práctica del artículo 513 de la FWA con el fin de evaluar su incidencia en el derecho de los representantes de los trabajadores de ingresar en el lugar de trabajo, el Gobierno subraya que el requisito de que una persona posea las aptitudes necesarias y ofrezca garantías suficientes para ingresar en los locales de conformidad con el reglamento relativo al ingreso previsto en la FWA, forma parte del marco de relaciones laborales de Australia desde el año 2006 y, anteriormente, figuraba en la Ley de Relaciones en el Lugar de Trabajo. Para determinar si un dirigente sindical es una «persona apta e idónea» para tener el derecho de ingresar en una empresa, en virtud del artículo 513, Fair Work Australia deberá considerar ciertas cuestiones. El único caso en que Fair Work Australia no tiene la facultad discrecional de conceder un permiso de ingreso es cuando una suspensión o descalificación se aplica al ejercicio o la solicitud por parte de un dirigente sindical de un derecho de ingreso en virtud de una ley estatal o territorial en materia de seguridad y salud en el trabajo. Durante el período comprendido entre el 1.º de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010, Fair Work Australia informó que recibió 1.704 solicitudes de autorización de ingreso, de las cuales el 82 por ciento fueron substanciadas en un plazo de 28 días. No se dispone de estadísticas que indiquen cuántas de ellas han dado lugar a la expedición de una autorización. Desde junio de 1998, sólo se ha revocado la autorización de ingreso en el lugar de trabajo de cinco dirigentes sindicales. No se han revocado autorizaciones de ingreso desde junio de 2004.
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26. El Comité toma nota de la información detallada suministrada por el Gobierno. Además, el Comité toma nota con interés de que, al examinar ciertos artículos de la FWA, el Gobierno inició consultas con los interlocutores sociales de Australia — la Cámara de Comercio e Industria de Australia, el Consejo de Sindicatos de Australia y el Grupo de Industrias de Australia.
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27. En relación con la recomendación b), al tiempo que observa que las disposiciones de la FWA relativas a los acuerdos individuales de flexibilidad tienen por finalidad proteger a los trabajadores (incluidos los futuros trabajadores) de cualquier influencia o presión indebida ejercida por un empleador, el Comité recuerda que cuando aparece que la relación entre el contrato individual de trabajo y el convenio colectivo ha sido acordado entre el empleador y los sindicatos, estos casos no requieren un examen más detenido y pide al Gobierno que indique a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) si estas disposiciones son obligatorias y que facilite informaciones sobre su aplicación en la práctica, así como también sobre la medida en que se conciertan los acuerdos individuales de flexibilidad y sobre su contenido, teniendo en cuenta el informe correspondiente que ha de presentar Fair Work Australia, así como toda queja formulada ante la Defensoría del Pueblo. El Comité también pide al Gobierno que comunique a la Comisión de Expertos información sobre la evolución de la situación y las estadísticas pertinentes relativas a la aplicación en la práctica de las disposiciones mencionadas en las recomendaciones c), g) y h), así como respecto de la evolución de la situación en relación con el examen de las disposiciones mencionadas en las recomendaciones d) y e).
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28. En lo referente a la recomendación f), el Comité toma nota de la opinión del Gobierno según la cual las disposiciones contenidas en la división 8 de la parte 3-3 de la FWA relativas a las votaciones respecto de acciones sindicales autorizadas son justas y funcionan según lo dispuesto en el artículo 4 del Convenio núm. 98 y en armonía con éste, y según la cual los procedimientos son razonables y no impiden ni retrasan la adopción de acciones sindicales. El Comité también toma nota de que, durante el período comprendido entre el 1.º de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010, se aprobó la gran mayoría de las solicitudes de órdenes de votación respecto de acciones sindicales autorizadas presentadas ante Fair Work Australia, y de que la mayor parte se tramitó con rapidez. A la luz de la jurisprudencia presentada por el Gobierno, el Comité toma nota de que la aplicación por parte de Fair Work Australia de las disposiciones pertinentes en la práctica no ha limitado hasta ahora las posibilidades de acción de las organizaciones sindicales, ni ha impedido la organización de una huelga lícita.