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Suites données aux recommandations du comité et du Conseil d’administration - Rapport No. 392, Octobre 2020

Cas no 3164 (Thaïlande) - Date de la plainte: 07-OCT. -15 - En suivi

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 172. El Comité examinó por última vez este caso, presentado en octubre de 2015 y en el que se alegan carencias legislativas, como restricciones al derecho de sindicación, al derecho de huelga y al derecho de negociación colectiva de varias categorías de trabajadores, así como una protección insuficiente frente a los actos de discriminación antisindical, en su reunión de junio de 2019 [véase 389.º informe, párrafos 86-90]. En aquella ocasión, el Comité tomó nota con interés de la información detallada que había proporcionado el Gobierno sobre el proyecto de enmiendas a la Ley sobre Relaciones Laborales (LRA) y a la Ley sobre las Relaciones Laborales en las Empresas Estatales (SELRA) y observó que en dichas enmiendas debía ampliarse la protección de los trabajadores frente a la discriminación antisindical y al trato injusto. Tras recordar la prolongada duración del periodo de revisión de dichas leyes, el Comité confió en que se adoptaran esas enmiendas legislativas sin más demora y pidió al Gobierno que lo mantuviese informado de la evolución de la situación y le proporcionase una copia de la LRA y la SELRA enmendadas, una vez hubieran sido adoptadas.
  2. 173. En su comunicación de fecha 7 de febrero de 2020, el Gobierno informa de que, para garantizar que todos los trabajadores puedan ejercer el derecho de sindicación y de negociación colectiva de conformidad con las normas internacionales, el Ministerio de Trabajo se encuentra en proceso de modificar la LRA y la SELRA con arreglo a las recomendaciones del Comité, a fin de armonizarlas con los principios de la libertad sindical. El Gobierno indica que estas enmiendas son capitales para preparar la ratificación del Convenio núm. 98 y que, además, contempla la posibilidad de ratificar el Convenio núm. 87.
  3. 174. El Comité toma nota de la información facilitada por el Gobierno. En particular, saluda las indicaciones del Gobierno según las cuales se están revisando tanto la LRA como la SELRA a la luz de las recomendaciones del Comité, que estas enmiendas son indispensables para preparar la ratificación del Convenio núm. 98, y que además está evaluando la posibilidad de ratificar el Convenio núm. 87. En vista de las consideraciones que anteceden, el Comité confía firmemente en que la revisión de la legislación del trabajo, que se prolonga desde hace tiempo, concluya sin demora y que las leyes enmendadas se conformen plenamente a los principios de la libertad sindical y de negociación colectiva. El Comité pide al Gobierno que lo mantenga informado de los avances relativos al proceso de revisión y que proporcione una copia de la LRA y la SELRA enmendadas, una vez que hayan sido adoptadas. El Comité también alienta al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos en la armonización de la legislación nacional con la libertad sindical y la negociación colectiva, a fin de facilitar la ratificación de los instrumentos pertinentes en el futuro.
  4. 175. 175. Finalmente, el Comité pide a los Gobiernos interesados que le mantengan informado a la mayor brevedad del desarrollo de los siguientes casos.
    • CasoÚltimo examen en cuanto al fondoÚltimo examen sobre el seguimiento dado
      2512 (India)Noviembre de 2007Marzo de 2018
      2603 (Argentina)Noviembre de 2008Noviembre de 2012
      2715 (República Democrática del Congo)Noviembre de 2011Junio de 2014
      2743 (Argentina)Marzo de 2013Noviembre de 2015
      2749 (Francia)Marzo de 2014
      2797 (República Democrática del Congo)Marzo de 2014
      2807 (República Islámica del Irán)Marzo de 2014Junio de 2019
      2871 (El Salvador)Junio de 2014Junio de 2015
      2892 (Turquía)Marzo de 2014Octubre de 2015
      2925 (República Democrática del Congo)Marzo de 2013Marzo de 2014
      2962 (India)Junio de 2015Junio de 2018
      2977 (Jordania)Marzo de 2013Noviembre de 2015
      2988 (Qatar)Marzo de 2014Junio de 2017
      2991 (India)Junio de 2013Marzo de 2019
      3003 (Canadá)Marzo de 2017
      3011 (Turquía) Junio de 2014Noviembre de 2015
      3036 (República Bolivariana de Venezuela)Noviembre de 2014
      3046 (Argentina)Noviembre de 2015
      3047 (República de Corea)Marzo de 2017
      3054 (El Salvador)Junio de 2015
      3058 (Djibouti)Marzo de 2015Marzo de 2019
      3078 (Argentina)Marzo de 2018
      3083 (Argentina)Noviembre de 2015
      3098 (Turquía)Junio de 2016Noviembre de 2017
      3100 (India)Marzo de 2016
      3101 (Paraguay)Octubre de 2015Junio de 2018
      3107 (Canadá)Marzo de 2016
      3110 (Paraguay)Junio de 2016
      3119 (Filipinas)Octubre de 2019
      3120 (Argentina)Marzo de 2019
      3123 (Paraguay)Junio de 2016
      3128 (Zimbabwe)Marzo de 2016Junio de 2019
      3167 (El Salvador)Noviembre de 2017
      3169 (Guinea) Junio de 2016
      3182 (Rumania)Noviembre de 2016
      3201 (Mauritania)Junio de 2019
      3202 (Liberia)Marzo de 2018
      3209 (Senegal)Marzo de 2018
      3227 (República de Corea)Marzo de 2018
      3229 (Argentina)Marzo de 2018
      3237 (República de Corea)Junio de 2018
      3238 (República de Corea)Noviembre de 2017
      3243 (Costa Rica)Octubre de 2019
      3248 (Argentina)Octubre de 2018
      3257 (Argentina) Octubre de 2018
      3268 (Honduras)Junio de 2018
      3274 (Canadá)Octubre de 2018
      3276 (Cabo Verde)Marzo de 2018
      3285 (Estado Plurinacional de Bolivia)Marzo de 2019_
      3288 (Estado Plurinacional de Bolivia)Marzo de 2019_
      3290 (Gabón)Junio de 2019
      3314 (Zimbabwe)Octubre de 2019
      3334 (Malasia)Octubre de 2019
      >
  5. 176. 176. El Comité espera que los Gobiernos interesados enviarán sin demora la información solicitada.
  6. 177. 177. Además, el Comité recibió informaciones relativas al seguimiento de los casos núms. 1787 (Colombia), 1865 (República de Corea), 2086 (Paraguay), 2153 (Argelia), 2341 (Guatemala), 2362 and 2434 (Colombia), 2445 (Guatemala), 2533 (Perú), 2540 (Guatemala), 2583 and 2595 (Colombia), 2656 (Brasil), 2679 (México), 2684 (Ecuador), 2694 (México), 2699 (Uruguay), 2706 (Panamá), 2710 (Colombia), 2719 (Colombia), 2723 (Fiji), 2745 (Filipinas), 2746 (Costa Rica), 2751 (Panamá), 2753 (Djibouti), 2755 (Ecuador), 2756 (Mali), 2758 (Federación de Rusia), 2763 (República Bolivariana de Venezuela), 2768 (Guatemala), 2793 (Colombia), 2816 (Perú), 2852 (Colombia), 2854 (Perú), 2870 (Argentina), 2872 (Guatemala), 2882 (Bahrein), 2883 (Perú), 2896 (El Salvador), 2900 (Perú), 2916 (Nicaragua), 2924 (Colombia), 2934 (Perú), 2944 (Argelia), 2946 (Colombia), 2948 (Guatemala), 2949 (Eswatini), 2952 (Líbano), 2954 and 2960 (Colombia), 2966 (Perú), 2976 (Turquía), 2979 (Argentina), 2980 (El Salvador), 2982 (Perú), 2985 (El Salvador), 2987 (Argentina), 2994 (Túnez), 2995 (Colombia), 2998 (Perú), 3006 (República Bolivariana de Venezuela), 3010 (Paraguay), 3016 (República Bolivariana de Venezuela), 3017 (Chile), 3019 (Paraguay), 3020 (Colombia), 3024 (Marruecos), 3026 (Perú), 3030 (Mali), 3032 (Honduras), 3033 (Perú), 3040 (Guatemala), 3041 (Camerún), 3043 (Perú), 3055 (Panamá), 3056 (Perú), 3059 (República Bolivariana de Venezuela), 3061 (Colombia), 3065, 3066 and 3069 (Perú), 3072 (Portugal), 3075 (Argentina), 3077 (Honduras), 3085 (Argelia), 3087 and 3090 (Colombia), 3093 (España), 3095 (Túnez), 3096 (Perú), 3097 (Colombia), 3102 (Chile), 3103 (Colombia), 3104 (Argelia), 3131 and 3137 (Colombia), 3146 (Paraguay), 3150 (Colombia), 3162 (Costa Rica), 3170 (Perú), 3171 (Myanmar), 3172 (República Bolivariana de Venezuela), 3177 (Nicaragua), 3180 (Tailandia), 3188 (Guatemala), 3191 (Chile), 3194 (El Salvador), 3220 (Argentina), 3240 (Túnez), 3244 (Nepal), 3253 (Costa Rica), 3272 (Argentina), 3278 (Australia), 3279 (Ecuador), 3286 (Guatemala), 3287 (Honduras), 3297 (República Dominicana ), and 3317 (Panamá), which it will examine as swiftly as possible.
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